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UNIDAD 1: REFORMA CONSTITUCIONAL DE SEGURIDAD Y JUSTICIA

  • DECRETO 180 ART. 19

    DECRETO 180 ART. 19
    Se modifica el concepto de auto de formal prisión por el de auto de vinculación a proceso, se elimina la formalidad de la averiguación previa, así como la necesaria acreditación del cuerpo del delito, abriendo la posibilidad de que la víctima acceda más rápido a la justicia y que el imputado enfrente el juicio en libertad.
    La prisión preventiva se deja para garantizar la eficacia del proceso y proteger el interés social, así como para la delincuencia organizada y delitos graves.
  • DECRETO 180 ART. 16

    DECRETO 180 ART. 16
    1. Requisitos para librar una orden de aprehensión.
    2. Conceptualización de flagrancia y la desaparición de la figura jurídica de la flagrancia equiparada.
    3. Consideraciones sobre el arraigo.
    4. Concepto de delincuencia organizada.
    5. Utilización de comunicaciones privadas.
    6. Creación de jueces de control.
  • DECRETO 180 ART. 17

    DECRETO 180 ART. 17
    Se hace hincapié en la justicia alternativa, también llamada de justicia restaurativa y se regula la defensoría pública.
  • DECRETO 180 ART. 18

    DECRETO 180 ART. 18
    En el párrafo primero cambia de “delito que merezca pena corporal” a “delito que merezca pena privativa de libertad”, como condición para la prisión preventiva. El párrafo segundo nos habla de un sistema penitenciario que se organizará sobre las bases del trabajo, la educación, la salud y el deporte, como medio para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad, procurando que no vuelva a delinquir.
    Nos habla también de la ejecución de la pena en la delincuencia organizada.
  • DECRETO 180 ART. 20

    DECRETO 180 ART. 20
    1. El proceso penal acusatorio y oral con principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.
    2. Nulidad de pruebas ilícitas.
    3. Principio de presunción de inocencia y derechos de las personas detenidas.
    4. Tanto el ministerio público como el juez tendrán como prioridad el esclarecimiento de los hechos, independientemente de a quine beneficie la verdad.
    5. Se refuerza la defensa de los derechos humanos y garantías individuales.
  • DECRETO 180 ART. 21

    DECRETO 180 ART. 21
    La investigación de los delitos corresponde al ministerio público y la policía, los cuales actuaran bajo la conducción y mando de aquel en el ejercicio de esta función.
    1. El principio de oportunidad abre la posibilidad de aplicar la persecución de oficio en fusión del daño que la conducta delictiva cause.
    2. Se agregan los principios de objetividad y respeto a los derechos humanos.
  • DECRETO 180 ART. 22

    DECRETO 180 ART. 22
    1. Se destaca por el principio de proporcionalidad, en el que toda pena debe ser proporcional, tanto al delito como al bien jurídico afectado.
    2. La extinción de dominio es una sanción que se aplicara en un proceso judicial aparte cuando los bienes hayan sido instrumento, objeto o producto del delito.
    3. Se ratifica la prohibición de la pena de muerte y la tortura.
  • DECRETO 180 ART. 73

    DECRETO 180 ART. 73
    Faculta al congreso para legislar en materia de seguridad pública y delincuencia organizada.
  • DECRETO 180 ART. 115

    DECRETO 180 ART. 115
    La policía preventiva se rige por la ley de Seguridad pública de cada estado, para establecer criterios mínimos de organización y eficiencia.
  • DECRETO 180 ART. 123

    DECRETO 180 ART. 123
    Precisa derechos, obligaciones y sanciones, sustentados en sus propias leyes, que tienen todos los servidores públicos.
  • DECRETO 185 ART. 73

    DECRETO 185 ART. 73
    Establece la facultad expresa del congreso para legislar en materia de protección de datos personales en posesión de particulares.
  • DECRETO 186 ART. 73

    DECRETO 186 ART. 73
    Se reforma el párrafo primero de la fracción XXI, en el que se faculta al congreso para expedir una ley general en materia de secuestro.
  • DECRETO 187 ART. 16

    DECRETO 187 ART. 16
    Se incorpora el derecho de toda persona a la protección de sus datos personales (derechos ARCO).
  • DECRETO 188 ART. 18

    DECRETO 188 ART. 18
    Se establece el plazo de un año para que la federación expida leyes que se requieran en el orden federal para la implementación del Sistema de justicia Integral para adolescentes.
  • DECRETO 191 ART. 17

    DECRETO 191 ART. 17
    Se adiciona un tercer párrafo y se recorre el orden, en el que se faculta al congreso para expedir las leyes que regulen las acciones colectivas.
  • DECRETO 194 ART. 18

    DECRETO 194 ART. 18
    Se modifica el segundo párrafo, en el que se señala que el sistema penitenciario se organizara sobre la base del respeto de los derechos humanos.
  • DECRETO 195 ART. 73

    DECRETO 195 ART. 73
    Fracción XX1, primer párrafo, faculta al congreso para legislar en materia de trata de personas.
  • DECRETO 198 ART. 73

    DECRETO 198 ART. 73
    Se adiciona la fracción XXIX-P Faculta al congreso para legislar en materia de derechos de las niñas, niños y adolescentes y cumplir con los tratados internacionales de los que México sea parte.
  • DECRETO 202 ART. 73

    DECRETO 202 ART. 73
    Se adiciona un párrafo segundo de la fracción XXI, en el que se faculta a las autoridades federales para conocer de los delitos del fuero común cuando éstos tengan relación con delitos contra periodistas, o que afecten el derecho a la información o las libertades de expresión e imprenta.
  • DECRETO 206 ART. 73

    DECRETO 206 ART. 73
    Reforma educativa. Establece las bases del sistema nacional de evaluación educativa y del servicio profesional docente. Crea el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación como órgano público autónomo.
  • DECRETO 211 ART. 73

    DECRETO 211 ART. 73
    La fracción XXI, en la que faculta el congreso para expedir la legislación procedimental penal única.
  • DECRETO 223 ART. 22 Y 73

    DECRETO 223 ART. 22 Y 73
    ARTÍCULO 22
    Párrafo segundo, fracción II. Procederá en los casos de delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, robo de vehículos, trata de personas y enriquecimiento ilícito….
    ARTÍCULO 73
    Fracciones XXIV y XXIX-H otorga facultades para expedir la ley general que establezca las bases del sistema nacional anticorrupción; para expedir la ley que instituya el tribunal federal de justicia administrativa.
  • DECRETO 224 ART. 18 Y 73

    DECRETO 224 ART. 18 Y 73
    ARTÍCULO 18
    En el que La Federación y las entidades federativas establecerán en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema integral de justicia para los adolescentes; El proceso en materia de justicia para adolescentes será acusatorio y oral
    ARTÍCULO 73
    En materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias, de ejecución de penas y de justicia penal para adolescentes, que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común.
  • DECRETO 225 ART. 73

    DECRETO 225 ART. 73
    Se reforma la fracción XXI, inciso a): Establece la facultad del Congreso para expedir las leyes generales en materia de desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
  • DECRETO 227 ART. 17, 18, 21, 73, 115 Y 123

    DECRETO 227 ART. 17, 18, 21, 73, 115 Y 123
    La Ciudad de México se transforma a una entidad federativa con autonomía en todo su régimen interior, su organización política y administrativa. El ejercicio del Poder Legislativo se deposita en la Legislatura de la Ciudad de México. El titular del Poder Ejecutivo se denomina Jefe de Gobierno de la Ciudad de México. El ejercicio del Poder Judicial se deposita en el Tribunal Superior de Justicia, el Consejo de la Judicatura, etc.
  • DECRETO 228 ART. 73

    DECRETO 228 ART. 73
    Se adiciona la fracción XXIX/X, En este se faculta al congreso para expedir la ley general en materia de las víctimas.
  • DECRETO 230 ART.73

    DECRETO 230 ART.73
    Se faculta al congreso para expedir La ley general que establezca los principios y bases en materia de mecanismos alternativos de solución de controversias; la ley general que armonice y homologue la organización y el funcionamiento de los registros civiles; la ley general que establezca los principios y bases a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno; y la ley general que establezca los principios y bases a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno.
  • DECRETO 232 ART. 16, 17 Y 73

    DECRETO 232 ART. 16, 17 Y 73
    Establece que, en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales. Faculta al Congreso para expedir la legislación única en materia procesal civil y familiar.
  • DECRETO 234 ART. 22 Y FRACCIÓN XX DEL ARTÍCULO 73

    DECRETO 234 ART. 22 Y FRACCIÓN XX DEL ARTÍCULO 73
    La acción de extinción de dominio se ejercitará por el Ministerio Público a través de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y autónomo del penal. Será procedente sobre bienes de carácter patrimonial cuya legítima procedencia no pueda acreditarse y se encuentren relacionados con las investigaciones derivadas de hechos. Otorga al Congreso de la Unión la atribución para expedir la legislación sobre extinción de dominio en los términos del artículo 22 constitucional.
  • DECRETO 235 ART. 16, 21 Y 73

    DECRETO 235 ART. 16, 21 Y 73
    Se crea la Ley de la Guardia Nacional estará adscrita a la Secretaría de Seguridad Pública, la cual formulará la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, los respectivos programas, políticas y acciones. Otorga al Congreso de la Unión la facultad para expedir la Ley de la Guardia Nacional, la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, y la Ley Nacional del Registro de Detenciones.
  • DECRETO 236 ART. 19

    DECRETO 236 ART. 19
    Incorpora al catálogo de delitos en los que el juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, los casos de abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, etc.
  • DECRETO 243 ART. 73 Y 115

    DECRETO 243 ART. 73 Y 115
    Se faculta al congreso de la unión para expedir la Ley General en Materia de Movilidad y Seguridad Vial.
  • DECRETO 251 ART. 73

    DECRETO 251 ART. 73
    Faculta al Congreso de la unión para expedir la Ley General en materia de seguridad privada.