Línea de Tiempo_ Educación Inclusiva. (Javier Correa Benitez, Aylin Made Villalba, Maria Angelica Beltran y Sergio Perez Julio)
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Es el primer texto histórico que reconoce la existencia de derechos específicos para los niños. El texto se centra esencialmente en el bienestar del niño y reconoce su derecho al desarrollo, asistencia, socorro en caso de calamidad y a la protección. -
Esta declaración de Derechos Humanos sirve como plan de acción global para la libertad y la igualdad, con el objetivo de proteger, reconocer y velar por los derechos de todas las personas en todos los lugares. -
Establece los derechos que es preciso convertir en realidad para que los niños puedan desarrollar todo su potencial, gozar de los beneficios de la seguridad social, crecer libremente y desarrollarse en buena salud. Así mismo La convención reconoce la dignidad humana fundamental de todos los niños y la urgente necesidad de velar por su bienestar y su desarrollo. -
Lucha contra las discriminaciones en la enseñanza, fue aprobada por la UNESCO en 1960. ... Esta intenta eliminar cualquier tipo de discriminación en los procesos de enseñanza-aprendizaje, así como impulsar las mediadas legislativas y prácticas para combatir dicha discriminación. -
La Declaración Mundial sobre Educación para Todos aboga para que todas las personas gocen de las oportunidades educativas. Su finalidad principal es satisfacer las necesidades básicas de aprendizaje de todos los niños, jóvenes y adultos. -
Regula los derechos y deberes de los ciudadanos, principios fundamentales, garantías y participaciones políticas, etc. Así mismo reconoce la necesidad de que el estado promueva, coordine acciones y garantice condiciones de igualdad, protección y atención educativa. -
Las Normas Uniformes representan el firme compromiso moral y político de los gobiernos respecto de la adopción de medidas encaminadas a lograr la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. -
Vela por ofrecer igualdad de oportunidades y facilitar la integración social de las personas con discapacidad y rescata la necesidad de pensar por una escuela para todos, no deben crearse escuelas especiales solo para estudiantes con discapacidad, los currículos deben ajustarse a las necesidades, no separarlas de la sociedad. -
Señala las normas generales para regular el Servicio Público de la Educación que cumple una función social acorde con las necesidades e intereses de las personas, de la familia, de la sociedad y establece que la educación para personas con limitaciones debe formar parte del servicio publico educativo. -
Plantea que todos los residentes en el país sin discriminación alguna, recibirán como mínimo un año de educación preescolar y nueve años de educación básica que se podrán cursar directamente en establecimientos educativos de carácter estatal, privado, comunitario, cooperativo solidario o sin ánimo de lucro -
La educación constituye un instrumento indispensable para que la humanidad pueda progresar hacia los ideales de paz, libertad y justicia social. Considera las políticas educativas como un proceso permanente de enriquecimiento de los conocimientos y como una estructura privilegiada de las personas y de las relaciones entre individuos, grupos y naciones. -
Decreto 2082 de 1996 reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales. -
Se reconoce un espacio en los espectáculos para aquellas personas con discapacidad y se dictan otras disposiciones; como lo son la integración social, la asistencia y la protección necesaria. -
Vela por que se alcancen los objetivos y metas de la educación para todos, con resultados duraderos. Así mismo promueve la Educación y cuidado de la primera infancia, la educación primaria universal, el aprendizaje de jóvenes y adultos, la alfabetización, la paridad de género y la calidad de la educación. -
Se dictan las normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356, 357 y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud. -
En este decreto se establecen los criterios y procedimientos para organizar las plantas de personal docente y administrativo del servicio educativo estatal que prestan las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones. -
Tiene como propósito dar orientaciones específicas que permitan eliminar los obstáculos institucionales que dificulten o impidan el acceso al sistema educativo de las poblaciones que requieren atención especial, garantizando la pertinencia y la permanencia de los estudiantes. -
En esta convención se hacen explícitos los derechos de las personas con discapacidades, desaparecen las denominaciones excluyentes y se les reconoce como parte de la diversidad; con el fin de lograr el reconocimiento mundial de la discapacidad como cuestión de derechos humanos. -
Esta ley tiene por finalidad garantizar a los niños y adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. -
Enfocado en garantizar el derecho a la educación en términos de acceso a un sistema público sostenible, que asegurara la calidad, la permanencia y la pertinencia en condiciones de inclusión, así como la permanencia en el mismo, en todos los niveles. -
Fundamentación conceptual para la atención en el servicio educativo a estudiantes con N.E.E. -
Por medio de esta ley se organiza el Sistema Nacional de Discapacidad y se dictan políticas articuladas con los diferentes actores institucionales y sociales involucrados, teniendo en cuenta la situación de la discapacidad en el país. -
Es un documento con orientaciones, directrices y guías que conduzcan al mejoramiento progresivo de las instituciones educativas, a partir de planes de mejoramiento, evaluación y desempeño en los procesos curriculares y administrativos. -
Se adoptan medidas para asegurar que las mujeres y niñas con discapacidad puedan disfrutar plenamente y en igualdad de condiciones de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. -
Por medio del cual se reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales, en el marco de la educación inclusiva. -
Su objetivo es garantizar y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, mediante la adopción de medidas de inclusión, acciones afirmativas, ajustes razonables y eliminación de toda forma de discriminación. -
Compila toda la normativa referida al tema de educación para personas con discapacidad y las normas de carácter reglamentario que rigen a dicho sector y contar con un instrumento jurídico único para el mismo. -
Es la ruta para avanzar hacia un sistema educativo de calidad que promueva el desarrollo económico y social del país, y la construcción de una sociedad cuyos cimientos sean la justicia, la equidad, el respeto y el reconocimiento de las diferencias. -
Todos los estudiantes con discapacidad, sin discriminación alguna, tienen el derecho de acceder a la oferta institucional existente, cercana a su lugar de residencia, con estudiantes de su edad y a recibir los apoyos y ajustes razonables que se requieren para que tengan un proceso.