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Entra en vigor la Ley de Justicia Fiscal para el Tribunal Fiscal de la Federación, integrado por 15 magistrados en pleno o por 5 salas (con 3 c/u)
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Se deroga el Código Fiscal de la Federación
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La Ley de Depuración de Créditos otorga competencia para conocer de esta materia a cargo de Gobierno Federal y del SHCP, exigir fianzas, controversias con el IMSS, etc.
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Se crean dos Salas más y aumenta el número de magistrados a 21
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22 Magistrados, 7 Salas más el Presidente. Origen de los Organismos Fiscales Autónomos y se dan facultades del jucio de lesividad.
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Prevé la Regionalización del Tribunal, creándose las Salas Regionales y la Sala Superior, y el recurso de Revisión
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Promueve la simplificación administrativa, y se suprime la competencia para recurso de revisión.
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Modifica la integración de la Sala Superior de 9 magistrados a 11, así como su forma de operación a través de Pleno o Secciones
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Por el de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, reflejando con ello la competencia que a través de los casi 65 años de existencia se le ha ido asignado, se le proporcionan facultades al Pleno para determinar las regiones y el número y sede de las Salas, así como la forma de integrar jurisprudencia al resolver contradicciones de las resoluciones de las Secciones o de las Salas Regionales.
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El nombre a Tribunal Fed de Justicia Fiscal y Adm. Reforma art 11 F. XIII resolver juicios en contra de resoluciones del recurso de revisión de la Ley y las controversias de actos dictados por las autoridades admin, que pongan fin al proced, a una instancia o resuelvan un exp.
Conocer demandas contra resoluciones negativas fictas configuradas en las materia
Facultad a la Sala Superior para jurisdicción territorial de la salas regionales, su número sede -
Se cambia el nombre por "Juicio Contencioso Administrativo"
El actor debe señalar domicilio para notificaciones en la jurisdicción de la sala regional (y electrónico)
Facultad de las salas y a petición de parte, el otorgamiento de la suspensión de la ejecución del acto impugnado;
Declarar la existencia de un derecho subjetivo y condenar al cumplimiento de una obligación y anular la resolución impugnada;
Facultad para establecer jurisprudencia por contradicción de tesis.