Logo1

TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA

  • ORIGEN

    nace con una base constitucional, ya que el 19 de junio de 1967 fue promulgado un decreto que entró en vigor el 18 de junio de 1968, derivado de la iniciativa del entonces Presidente Gustavo Díaz Ordaz, que reformó el artículo 104 fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para facultar de manera expresa al legislador para crear los tribunales de lo contencioso administrativo con plena autonomía
  • LEY DE MARZO DE 1971

    El 19 de enero de 1971, el Congreso de la Unión recibió la iniciativa de Ley para crear el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal.
  • REFORMA DE 16 DE JUNIO DE 1986

    Se modificó la integración del Tribunal, a partir de entonces, cuenta con una Sala Superior, integrada en esa época, por cinco magistrados y tres Salas, cada una de tres magistrados; así como de la competencia de los asuntos que conocía, ya que el juicio dejo de ser uní instancial, al instaurarse, mediante el artículo 86, el recurso de revisión, en contra de las resoluciones dictadas por las Salas, mismo que conocía la Sala Superior.
  • REFORMA CONSTITUCIONAL DE OCTUBRE DE 1993

    El 25 de octubre de 1993 se publicó un decreto de reformas que trasladó el fundamento constitucional del Tribunal Contencioso Administrativo del Distrito Federal del artículo 73 al artículo 122 y por ello el Congreso de la Unión transfirió la facultad de legislar en la materia al órgano legislativo de la Ciudad de México.
  • LEY DE 21 DE DICIEMBRE DE 1995

    En 1995, a partir de dos iniciativas, la entonces Asamblea de Representantes del Distrito Federal, en ejercicio de sus nuevas facultades legislativas, expidió una nueva Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal (TCADF), con ésta Ley, se conserva la integración, pues el Tribunal sigue compuesto de una Sala Superior, integrada por cinco magistrados y por tres Sala Ordinarias, con tres magistrados en cada una.
  • REFORMA CONSTITUCIONAL DE 1996

    El 22 de agosto de 1996 se publicó una reforma constitucional, concretamente al artículo 122 para introducir orden en la distribución de competencias entre los poderes federales y los órganos locales en la entidad federativa, se dispuso que: existirá un Tribunal de lo Contencioso Administrativo, que tendrá plena autonomía para dirimir las controversias entre los particulares y las autoridades de la Administración Pública local del Distrito Federal.
  • REFORMA DE 14 DE DICIEMBRE DE 1999

    Mediante reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de 14 de diciembre de 1999, nuevamente se modifica el artículo 2 de la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del D.F, para establecer que el Tribunal se compondría de una Sala Superior, integrada desde entonces, por siete magistrados, así como por tres Salas ordinarias.
  • REFORMA DE 17 DE AGOSTO DE 2000

    Las Primera y Segunda Salas Auxiliares, actualmente Quinta y Sexta Salas Ordinarias, se formaron con base en la reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, de 17 de agosto de 2000. Así, por necesidades del servicio, por acuerdo de la Sala Superior del Tribunal, la Primera Sala Auxiliar, inició funciones el 30 de noviembre de 2000; y la Segunda Sala Auxiliar, el 4 de noviembre del 2002.
  • LEY ORGANICA DE 10 DE SEPTIEMBRE DE 2009

    Se conserva la competencia y se modifica sólo la integración, con una Sala Superior y cinco Salas Ordinarias; ya que mediante sesión plenaria de la Sala Superior de fecha once de septiembre de 2009, se acordó que a partir de esa fecha, la Primera y la Segunda Salas Auxiliares, pasarían a ser respectivamente la Quinta y Sexta Salas Ordinarias, se crea la Junta de Gobierno con el propósito de que se encargue de las cuestiones de orden administrativo; se dota al Tribunal con una Contraloría Interna
  • REFORMA CONSTITUCIONAL DE 2011

    El 6 de junio de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un decreto que reformó de manera integral el artículo 104 de la norma fundamental para que el recurso de revisión contra las resoluciones definitivas del Tribunal pasó de la fracción I-B, a la fracción III
  • REFORMA CONSTITUCIONAL DE 2015

    Con la reforma constitucional de fecha 27 de mayo de 2015, surge el Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), con que se reestructuran diversos órganos estatales y sus mecanismos de trabajo, en aras del fortalecimiento del estado de derecho en México y el combate al fenómeno de la corrupción. El objeto del SNA es establecer principios, bases generales, políticas públicas y procedimientos para la coordinación entre las autoridades de todos los órdenes de gobierno.
  • LEY DE SEPTIEMBRE DE 2017

    El 1º de septiembre de 2017 se publicaron en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México dos nuevas leyes: la Ley de Justicia Administrativa de la Ciudad de México y la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México. El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal cambia su denominación a Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México. Se abroga la Ley Orgánica del Tribunal de lo Contencioso Administrativo