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Carranza Arellano Esperanza Lizzet
López Huerta Erick
López Calixto Michelle
Rojas Padilla Jennifer
Silva Tecocoatzi Christian -
El primero de enero de 1937, entró en vigor la Ley de Justicia Fiscal y con ella inician las actividades del entonces Tribunal Fiscal de la Federación. Conforme a lo dispuesto por esta Ley, el Tribunal estaba integrado por 15 magistrados que podían actuar en Pleno o a través de cinco Salas; las cuales estaban formadas por tres magistrados cada una. La competencia que les asignó el Legislador era en materia estrictamente fiscal
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Un año después de haber entrado en vigor la Ley de Justicia Fiscal, fue derogada por el Código Fiscal de la Federación de 1938, conservando igual competencia para el Tribunal.
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Se crean dos Salas más, que aumenta el número de magistrados a veintiuno .
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En esta ley se previeron los aspectos orgánicos del propio Tribunal, incrementándose a veintidós magistrados, integrando las siete Salas que ya existían, más el Presidente que no integraría Sala, asimismo se establecían las normas relativas a la competencia que tenían asignada, conservando el Código las correspondientes al procedimiento. Se introduce el concepto de Organismos Fiscales Autónomos y se otorga al Tribunal facultades para conocer de los juicios de lesividad.
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Se define el Tribunal Fiscal de la Federación, en el artículo 1º como un: “Tribunal administrativo, dotado de plena autonomía para dictar sus fallos con la organización y atribuciones que la propia Ley le establece”. Orgánicamente se reestructura para integrarlo por una Sala Superior, compuesta de nueve magistrados y 16 Salas Regionales, compuestas de tres magistrados cada una, asimismo se prevé el recurso de revisión.
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Es en 1983 cuando se expide un nuevo Código Fiscal, conservando básicamente las normas procesales en los mismos términos. Posteriormente se incluyen en este ordenamiento las disposiciones relativas a la queja, para lograr el adecuado cumplimiento de las sentencias.
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En 1993 se le otorga al Tribunal Fiscal competencia en materia de Comercio Exterior, de conformidad con el artículo 94 de la Ley de Comercio Exterior.
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Reiteraba el carácter del Tribunal Fiscal como un tribunal de naturaleza administrativa, dotado de plena autonomía para dictar sus fallos, conservando su estructura fundamental. En sus artículos 1º y 2º establece que el Tribunal Fiscal es un tribunal administrativo, dotado de plena autonomía para dictar sus fallos con la organización y atribuciones que la propia Ley le establece, y que se integra por una Sala Superior y por Salas Regionales.
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En el D.O. de la Federación del 31 de diciembre de 2000, se volvió a reformar la fracción XIII del artículo 11 de la ley del TJFFA, estableciendo la resolución de juicios contra resoluciones que concluyan el recurso de revisión de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, para conocer controversias respecto a actos dictados por autoridades administrativas, que finalizan a un proceso administrativo, a una instancia o resuelvan un expedienteen los términos de la referida ley procedimental
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El Pleno de la Sala Superior del TFJFA, publicó el Acuerdo General G/10/2001 por el que se determinan los límites territoriales y denominación de las regiones del Tribunal, número y sede de sus salas regionales, en el DOF de 25 de enero del 2001, entrando en vigor también, el 1º de febrero.
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Se instauro la Junta de Gobierno y Administración, en lo sucesivo la Junta, como órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera jurisdiccional, dotado de autonomía técnica y de gestión para el adecuado cumplimiento de sus funciones. El Pleno de la Sala Superior fue relevado de las tareas de naturaleza administrativa, que anteriormente desempeñaba, para dedicar todo su tiempo y esfuerzo a la actividad jurisdiccional que es su cometido constitucional esencial.
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Con esto quedo sin efectos el o Acuerdo G/JGA/31/2008, en virtud de que los artículos 72, 75, 76 y 78 del referido ordenamiento ya contempla a las Secretarías Técnica, Operativa y Auxiliar, que fueron creadas mediante Acuerdo General de la Junta de Gobierno y Administración
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El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa estableció un sistema de notificaciones electrónicas, lo que permitió a los usuarios recibir notificaciones de manera más rápida y eficiente.
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El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa publicó una nueva Ley Orgánica, que estableció una serie de reformas destinadas a mejorar la eficiencia y la transparencia del Tribunal.
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El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa implementó un sistema de videoconferencias para la realización de audiencias, lo que permitió a los usuarios participar en las audiencias desde cualquier parte del país.
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El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa implementó una serie de reformas destinadas a modernizar y simplificar el sistema de justicia fiscal y administrativa.
Estas reformas incluyeron la creación de una sala especializada en materia de propiedad intelectual y la simplificación de los procedimientos de impugnación, mayor transparencia y acceso a la información, facilitación de los pagos electrónicos, fortalecimiento de la función jurisdiccional. -
Se modifica el Reglamento Interior del Tribunal Federal de Justicia Administrativa para adicionar el numeral 11, en la fracción III, inciso a, del artículo 50, e incorporar un último párrafo al artículo 132; para quedar como sigue: Art.50 11.- Comisión Reguladora de Energía (CRE) y Art. 132 Las Salas Regionales en las que se autorice la implementación del Sistema de Justicia en Línea tendrán la facultad de tramitar y resolver los juicios de su competencia material.
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Se busca fortalecer la función jurisdiccional federal en las materias administrativa, fiscal y de responsabilidades administrativas de las personas servidoras públicas y particulares vinculados con faltas graves, reforzando el cumplimiento de la garantía de acceso a la justicia administrativa federal, de manera integral y transversal sobre la convicción de consolidar al tribunal como una institución de fácil acceso a la sociedad.
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La Cámara de Diputados aprobó reformas a la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
El documento, avalado en lo general por 246 votos a favor, 208 en contra y dos abstenciones, establece que el TFJA conocerá de los juicios respecto de la separación, remoción, baja, cese, destitución o cualquier otra forma de terminación de servicio de las personas Agentes del Ministerio Público, Peritas e integrantes de las instituciones policiales de la Federación -
Guillermo Valls Esponda fue elegido como presidente del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) para los siguientes tres años. Recibió nueve votos de los 15 magistrados que conforman el Tribunal.