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Se debera, previamente, publicar un aviso, por 5 dias, en el diario de publicaciones legales, lo siguiente:
-La clase y Ubicacion del Negocio.
-El Nombre y Domicilio del vendedor y del comprador.
-El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano, si estos interviniesen. -
Se debera, previamente, entregar al presunto comprador una nota firmada que contenga, lo sguiente:
-Detalle de los creditos adeudados
-Nombre y Domicilio de los acreedores
-Monto de los creditos adeudados
-Fechas de vencimiento (si las hay) -
Desde la ultima publicacion realizada, los acreedores tendran 10 dias para notificar su oposicion a la operacion de transferencia
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Desde la notificacion de la oposicion a la transferencia, el acreedor tendra 20 dias para trabar el embargo, en caso contrario el depositante podra retirar las sumas depositadas en la cuenta
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El documento de transmicion solo podra firmarse despues de transcurridos los 10 dias de publicacion y sin que haya alguna oposicion. Los documentos de trasnferencia, para producir efectos frente a terceros, seran:
- Extenderse por escrito
- Inscribirse en el Registro Publico, dentro de los 10 dias de otorgamiento.