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Transferencia de Fondo de Comercio s/ Ley 11687

  • Art. 3 de la Ley 11687

    Previo a las PUBLICACIONES OBLIGATORIAS (s/Art 2) Quien desee transferir el Fondo de Com. debe entregar al presunto Comprador una Nota firmada, informando:
    Detalle de los Créditos adeudados
    Nombre y Domicilio de los Acreedores
    Monto de los Créditos adeudados
    Fechas de Vencimientos (si las hubiere) En este Ejemplo: La Nota que informa dichos conceptos será entregada por el Vendedor al presunto Comprador como mínimo el Viernes 01 de Abril de 2022 (último día hábil previo a la publicación de ley)
  • Art. 2 Ley 11687: Publicación obligatoria

    Inicio de la Publicaciones obligatorias s/ Art. 2).
    En este ejemplo: Se publicarán Avisos por 5 dias habiles, desde Lunes 04 hasta Viernes 08 de Abril de 2022 (ambos días incluídos). Indicando:
    a) Clase y ubicación del Negocio
    b) Nombre y Domicilio del Vendedor y del Comprador
    c) Nombre y Domicilio del Rematador y Escribano, si interviniesen.
  • Period: to

    PUBLICACIONES DE LEY

    Art. 2) de la Ley 11687:
    Quien desee transferir un Fondo de Comercio deberá previamente, PUBLICAR un aviso, POR 5 (CINCO) DIAS en el BOLETIN OFICIAL y en uno o mas DIARIOS o PERIODICOS del lugar donde funciona el establecimiento que se pretende transferir, indicando:
    a) Clase y ubicación del Negocio
    b) Nombre y Domicilio del Vendedor y del Comprador
    c) Nombre y Domicilio del Rematador y Escribano, si interviniesen.
  • Art 2 Ley 11687 Publicación obligatoria

    Ultimo día de Publicación Obligatoria s/ 2º Art. Ley 11687.
    En nuestro ejemplo: Inicio Lunes 04/04/2022 y Terminó el Viernes 08/04/2022
  • Art. 4 de la Ley 11687: Oposiciones

    Inicio del plazo previsto s/ Art. 4 de la Ley 11687 para que los supuestos Acreedores realicen sus Notificaciones al presunto Comprador (y/o al Rematador o Escribano intervinientes) en Oposición a la operación de Transferencia .
    En nuestro ejemplo este Periodo inicia el 11/04/2022 y vencería el 26/04/2022 (dado que el Jueves 14/04 y el Viernes 15/04, fueron inhábiles por Semana Santa)
  • Period: to

    OPOSICIONES

    Los Acreedores tendrán 10 días desde la ultima fecha de publicación s/Art 2 para cursar al presunto Comprador y/o al Rematador o Escribano interviniente, su Notificación de Oposición a la Transferencia, reclamando Retención y Depósito de sus créditos en cta bria judicial, acreditando la existencia de los mismos con la documental corresp, en especial aquellos que NO hayan sido reconocidos en la Nota informativa del Vendedor.
  • Art. 4 de la Ley 11687: Oposiciones

    Ultimo día del plazo previsto s/ Art. 4 de la Ley 11687 para que los supuestos Acreedores realicen sus Notificaciones al presunto Comprador (y/o al Rematador o Escribano intervinientes) en Oposición a la operación de Transferencia .
    En nuestro ejemplo este Periodo inicia el 11/04/2022 y vencería el 26/04/2022 (dado que el Jueves 14/04 y el Viernes 15/04, fueron inhábiles por Semana Santa)
  • Art. 4 Ley 11687 OTORGAMIENTO DEL DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA

    El documento de transmisión solo podrá firmarse después de transcurridos 10 días desde la última publicación realizada (en los términos del Art. 2) y siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores y/o siempre y cuando, existiendo oposición, se hubieran realizado las correspondientes retenciones y depósitos.
    Si NO hubo OPOSICION, en nuestro ejemplo el OTORGAMIENTO DEL DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA podría legalmente realizarse a partir del 27/04/2022
  • Period: to

    Art. 5 Ley 11687 - EMBARGOS

    Desde la Notificación de Oposición a la Transferencia (en los términos del Art 4) el Acreedor que se hubiera opuesto tendrá un plazo de 20 días para trabar Embargo Judicial. Si ello NO ocurre, transcurridos los 20 días, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta. En nuestro ejemplo podrían haberse opuesto desde el dia 11/04 hasta el 26/04. Suponiendo que se hubiera suscitado alguna Oposición el último día, desde entonces tendrían 20 días más para trabar el Embargo.
  • Period: to

    Art. 4 - INSCRIPCION EN EL REGISTRO PUBLICO

    De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 4 de la Ley 11687, para que el DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA produzca efectos contra terceros deberá: Extenderse por escrito e Inscribirse en el Registro Público dentro de los 10 días de su otorgamiento.
    En nuestro ejemplo, si se otorgó el Documento de Transferencia el día 27/04, el período previsto por ley para su inscripción en el Registro Público iniciaría el 28/04/2022 y finalizaría el 11/05/2022.-