
Transferencia de Fondo de Comercio de la industria "Teodora" del propietario Ramón Merlo
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Ramón Merlo publica en el boletín oficial su industria para su transferencia
* La Clase y Ubicación del Negocio.
Industria llamada “Teodora” dedicada a la extracción de Miel pura
Mazaruca, Entre Ríos- El Nombre y Domicilio del vendedor y del comprador. Vendedor Ramón Merlo Ibicuy, Entre Ríos Avenida San Martin 1074
Elsa Velásquez
Gualeguay, Entre Ríos
Quiroz 212 -
Merlo le entrega a Elsa una nota firmada con los siguientes datos luego de la publicacion en el Boletin Oficial
* Detalle de los créditos adeudados.
* Nombre y domicilio de los acreedores.
* Monto de los créditos adeudados.
* Fechas de vencimiento (si las hay). -
Luego de la última publicación realizada los acreedores afectados por la transferencia tendrán 10 días para notificar su oposición a la compradora en el domicilio denunciado en la publicación solicitando la retención del importe de su crédito y el correspondiente depósito de las sumas retenidas
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Luego de la notificación de la oposición a la trasferencia, se dan 20 días de retención de la suma de dinero, para que así los acreedores puedan embargar judicialmente. Si el acreedor no realiza el embargo judicial pasado el plazo de 20 días el depositante ya podría retirar la suma depositada en la cuenta.
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Transcurrido el plazo de 10 días sin oposición, o cumpliéndose si se hubiese producido, se podrá firmar y otorgar el documento de venta. El que para producir efectos en tercero deberá extenderse por escrito e inscribirse ante el registro público de comercio dentro de los 10 días de su otorgamiento.
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Transcurrido el plazo de 10 días sin oposición, o cumpliéndose si se hubiese producido, se podrá firmar y otorgar el documento de venta. El que para producir efectos en tercero deberá extenderse por escrito e inscribirse ante el registro público de comercio dentro de los 10 días de su otorgamiento.
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Inscripción en el Registro Público para que no surjan oposiciones frente a terceros desde la fecha de su otorgamiento.