TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO

  • Artículo 2 de la Ley N° 11.687

    Quien desee transferir un fondo de comercio deberá, previamente, publicar un aviso, por 5 días, en el Boletín Oficial, y en uno o más diarios o periódicos del lugar en el que funciona el establecimiento que se pretende transferir. Deberá indicar lo siguiente:
    -La Clase y Ubicación del Negocio.
    -El Nombre y Domicilio del vendedor y del comprador.
    -El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano, si estos interviniesen.
  • Artículo 3 de la Ley N° 11.687

    Quien desee transferir un fondo de comercio deberá, previamente, entregar al presunto comprador una nota firmada que contenga la siguiente información:
    -Detalle de los créditos adeudados.
    -Nombre y domicilio de los acreedores.
    -Monto de los créditos adeudados.
    -Fechas de vencimiento (si las hay)
  • Artículo 4 de la Ley N° 11.687 - Oposiciones

    Desde la última publicación realizada en los términos del artículo 2 de la Ley 11.687, los acreedores tendrán10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia reclamando la retención del importe de su crédito y el correspondiente depósito de las sumas retenidas en el banco correspondiente. El comprador, una vez que recibe la notificación del acreedor, estará obligado a retener el importe a su crédito y a depositar dicho monto en cuenta judicial, en el banco correspondiente.
  • Artículo 5 de la Ley N° 11.687 -Embargo

    Desde la notificación de la oposición a la transferencia, el acreedor que se hubiera opuesto tiene 20 dias para trabar el embargo judicial. Si el acreedor no trabase el embargo judicial en el plazo indicado, transcurrido el plazo de 20 días, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.
  • Artículo 4 de la Ley N° 11.687 - Otorgamiento del documento de Transferencia

    El documento de transferencia podra solo firmarse despues de transcurridos los 10 dias desde la ultima publicacion realizada, en los terminos del articulo 2 de la Ley Nº11687 y siempre y cuando existiendo o no oposición de parte de los acreedores, se hubieran realizado las correspondientes retenciones y depositos.
    El documento de transferencia, para producir efectos frente a terceros deberá:
    -Extenderse por escrito.
    -Inscribirse en el Registro Público, dentro de los 10 días de su otorgamiento