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Durante epoca dominio español, se aplicaban Leyes Indias y tambien Leyes de Castilla en forma supletoria.-
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incorporación de normas de las Ordenanzas de Bilbao, resolución de litigios por audiencias de Chacras y luego Bs. As.-
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normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales
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instalada en 1822, , funcionando por breve lapso, se dicto la ley reglamentaria de Corredores y Martilleros.-
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Se dictaron tres Decretos, sobre Actos de Comercio, Causas de Comercio y Alzada de Comercio
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por decreto se suprimieron los concursos de acreedores, derogado 1858.-
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por Ley Nª 15 se sanciono el Código de Comercio, que adopto toda la Nación Argentina
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ante esta situación se vio la necesidad de reformar el Código de Comercio
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se modifico el valor de los usos y costumbres, como fuente de derechos, supresión del requisito de la inscripción en la matricula para adquirir calidad de comerciante, cambios en la reglamentación sobre ; corredores, empresas de transportes, bolsas, sociedades , compra venta, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo y quiebras, ajustes de contratos de mutuo, deposito y prenda, como reformas mas relevantes del Código.-
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incorporación al viejo Código de Comercio, nuevo Régimen sobre letras de cambio y pagarés
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incorpora al viejo Código de Comercio un nuevo régimen de seguros
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incorpora el viejo Código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.-
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Incorpora al viejo Código de comercio un nuevo régimen para navegación, y ley 20.266 incorpora un nuevo régimen para Martilleros.-
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La primera incorpora al viejo C:C:, un nuevo régimen de cheques y la segunda un nuevo régimen de concurso y quiebras.-
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Modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años
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deroga el Código de Comercio de 1862 y pone en vigencia el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y reforma ley de sociedades.-