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El aviso, publicado durante 5 días, deberá poseer: Clase y Ubicación del negocio; El Nombre y Domicilio del vendedor y comprador; El Nombre y Domicilio del rematador y escribano (si intervienen).
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Con: Detalle de créditos adeudados; Nombre y Domicilio de los acreedores; Monto de los créditos adeudados; Fechas de vencimiento (si es que hay)
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Desde la publicación, tendra 10 dias para oponerse a la transferencia reclamando la retención del importe de su crédito y su deposito.
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Al recibir la notificación del acreedor, se vera obligado a retener el importe del crédito y a su deposito.
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Acreedor y Comprador
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Desde la notificación de la oposición, el acreedor tendrá 20 días para trabar embargo judicial. En caso contrario, el depositante podrá retirar el la suma depositada.
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Solo se podrá firmar luego de transcurridos 10 días desde la última publicación (Art.2) y mientras no exista oposición (y si hay que haya existido retención y depósito). Deberá: extenderse por escrito; inscribirse en el Registro Publico.