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Barranquilla Distrito Especial, Industrial
Se erige a Barranquilla en Distrito Especial, Industrial y Portuario. -
Ley del Plan Nacional de Desarrollo
Transitoriamente el Presidente de la República pudo expedir la Ley del Plan Nacional de Desarrollo -
Restablecimiento suplencias
Se restablecen las suplencias en las corporaciones públicas que habían sido abolidas en la Constitución de 1991. -
Adición artículo 221
Se ordena que los tribunales militares estarán integrados por militares en servicio activo o en retiro. -
Distribución de recursos
Se modifican los criterios para la distribución de los recursos que la Nación transfiere a las entidades territoriales -
Diputado como servidor público
Los diputados de las Asambleas Departamentales adquieren el carácter de “servidores públicos. -
Extradición de nacionales
Se restablece la extradición de nacionales por delitos cometidos en el exterior, sin carácter retroactivo a partir de esa fecha
En el gobierno de Andrés Pastrana (1998-2002) -
Reforma artículo 58
Se suprime la posibilidad de que el Congreso establezca la expropiación de bienes sin indemnización por razones de interés social. -
Distrito Capital
La capital se llamará Bogotá D.C. y no Santa fe de Bogotá D.C. como lo establecía la Constitución de 1991. -
Recreación y Deporte
Se incluye el gasto en deporte y recreación en el gasto público social. -
Restricción monto crecimiento
Se establecen restricciones al monto del crecimiento del sistema general de participaciones destinado para gastos generales en las entidades territoriales -
Reconocimiento jurisdic
Se reconoce la jurisdicción de la Corte Penal Internacional- Estatuto de Roma. -
Otorgamiento nacionalidad
se otorga nacionalidad a hijos de colombianos que hubieran nacido en el exterior que se registren en una oficina consular. -
Ampliación de períodos
Se amplía el período de gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles a 4 años. -
Funciones de la Fiscalía
Se reforman las funciones de la Fiscalía para ajustarse al sistema penal acusatorio, que es oral y fortalece las garantías del debido proceso. -
Incorporación de listas únicas
Reforma Política que incorpora listas únicas, umbral, voto preferente, cifra repartidora y prohibición de la doble militancia. Se le quitá independencia política al Consejo Nacional Electoral al decidir que sus miembros los nombra el Congreso y, como estaba, el Consejo de Estado. -
Restricción a Derechos Fundamentales
Se establecen restricciones a ciertos derechos fundamentales (libertad, correspondencia, locomoción, funciones judiciales a las Fuerzas Militares, para enfrentar el terrorismo). Esta reforma fue declarada inexequible por la Corte Constitucional, que encontró vicios en el procedimiento de su votación en la Cámara de Representantes. -
Perdida de derechos políticos
Referendo: pérdida de derechos políticos a quienes hubieran sido condenados por delitos contra el patrimonio del Estado, tampoco podrán celebrar contratos directamente o por intermedio de personas o ser elegidos como servidores públicos. -
Reelección presidencial
Se aprueba la reelección presidencial inmediata. -
Régimen Pensional
Se reformó el régimen pensional para incluir a casi toda la población. Siguieron en regímenes especiales, los integrantes de la Fuerza Pública (militares y policías) y el Presidente de la República. Los maestros mantendrán las condiciones de pensión establecidas en el Plan Nacional de Desarrollo acordadas en el 2003. -
Circunscripción internacional
Se agrega la circunscripción internacional en la Cámara de Representantes. Anteriormente se elegía en circunscripciones territoriales y especiales. -
Circunscripción territorial
Se establecen dos representantes por cada circunscripción territorial y uno más por cada 365 mil habitantes o fracción mayor de 182.500 que tengan en exceso sobre los primeros 365 mil -
Tercera modificación Régimen de transferencias
Se modifica por tercera vez, el régimen de transferencias de los departamentos, distritos y municipios. Todas las modificaciones han tendido a restringir la autonomía administrativa o a controlar el gasto de las regiones. -
Distritos Especiales
Las ciudades de Buenaventura y Tumaco se organizan como Distritos Especiales, Industriales, Portuarios, Biodiversos y Ecoturísticos y otras disposiciones similares. -
Concejo Distrital
El Concejo Distrital se compondrá de cuarenta y cinco concejales. -
Recursos del sistema general de participaciones
Los Recursos del sistema general de participaciones de los Distritos y Departamentos, son destinados con prioridad a la financiación de servicios públicos -
Incorporación servidores públicos
Es autorizada la incorporación de servidores públicos provisionales al régimen de carrera. -
Derecho a participar en Partidos y movimientos políticos
se garantiza a todos los ciudadanos el derecho a fundar, organizar y desarrollar partidos y movimientos políticos, así como también la libertad de afiliación o retiro a cualquiera de ellos. -
Personalización dosis mínima
Se penaliza el consumo o la dosis mínima de alucinógenos y establece acciones preventivas y de rehabilitación a los consumo dependientes. -
Eliminación conflictos de intereses
Eliminación de conflictos de intereses o impedimentos a los congresistas al tramitar y votar actos legislativos. -
Ente regulador al servicio de comunicación
Eliminación del carácter constitucional a la comisión nacional de televisión y creación de un nuevo ente regulador a este servicio de comunicación en Colombia. -
Explotación de recursos naturales
Indica la reforma, el gasto público social será prioritario, la explotación de los recursos naturales se deberá realizar en el plano nacional y territorial, en un marco de sostenibilidad fiscal. -
Atribuciones de la Corte Suprema de Justicia
esta reforma señala que podrá juzgar, previa acusación no solo del Fiscal General, sino del Vicefiscal o sus delegados de la unidad de fiscalías ante la alta corporación, al Vicepresidente de la República, a los ministros del despacho, al Procurador General, al Defensor del Pueblo y a los agentes del Ministerio Público ante el alto tribunal, ante el Consejo de Estado y ante los tribunales, entre otros. -
Justicia transicional
La reforma autoriza tramitar una ley que defina un tratamiento jurídico diferenciado para los grupos al margen de la ley que negocien la paz y también para los agentes del Estado. También se ordena crear una comisión de la verdad que, además de esclarecer hechos del conflicto, formule recomendaciones sobre los criterios de selección para la investigación judicial. -
Reforma a la justicia penal militar
modifica los artículos 116, 152 y 221 de la Constitución Política, sobre el juzgamiento penal a militares. La reforma señala conductas que, aunque sean cometidas por militares, no serán conocidas por la justicia castrense, como los crímenes de lesa humanidad, delitos de genocidio, desaparición forzada, ejecución extrajudicial, violencia sexual, tortura y desplazamiento forzado. -
Representantes a la Cámara
Reformó el artículo 176 de la Constitución Política y amplió el número de representantes a la Cámara por los colombianos residentes en el exterior. De acuerdo con la norma, las circunscripciones especiales elegirán cinco representantes, dos por las comunidades afrodescendientes, uno por las comunidades indígenas y dos por la circunscripción internacional. -
Militares dentro del conflicto armado
Reformatorio del artículo 221 de la Constitución Política, que prevé la necesidad de que fiscales y jueces ordinarios y castrenses que conozcan procesos contra militares por actuaciones dentro del conflicto armado tengan formación en esa área, establece que el derecho internacional humanitario (DIH) será la fuente que regulará los procesos de esta índole. -
Equilibrio de poderes
Considerada la reforma más grande a la Constitución Política, ya que modifica 22 artículos, el Acto Legislativo 02 del 2015 establece disposiciones sobre la nueva comisión de aforados, funciones del Consejo Superior de la Judicatura y acerca de faltas absolutas en altos cargos de elección popular y transición hacía nuevos órganos de gobierno y administración judicial. -
Implementación y desarrollo normativo
Por medio del cual se establecen instrumentos jurídicos para facilitar y asegurar la implementación y el desarrollo normativo del acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. -
Disposiciones transitorias
Por medio del cual se crea un título de disposiciones transitorias de la constitución para la terminación del conflicto armado y la construcción de una paz estable y duradera y se dictan otras disposiciones. -
Artículo transitorio
Por medio del cual se adiciona un artículo transitorio a la constitución con el propósito de dar estabilidad y seguridad jurídica al acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. -
Componente de reincorporación política
Por medio del cual se regula parcialmente el componente de reincorporación política del acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera. -
Se adiciona el artículo 361 de la constitución política.
Por el cual se adiciona el artículo 361 de la constitución política.
Los ingresos del Sistema General de Regalías se destinarán al financiamiento de proyectos para el desarrollo social, económico y ambiental de las entidades territoriales. -
Gastos cuentas generales
Por la cual se modifica el detalle de las cuentas de Gastos Generales del presupuesto de Funcionamiento del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para la vigencia 2017.