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Vigiló el ejercicio autorizado de la medicina, la inspección sanitaria de fábricas, hospitales, lugares públicos, boticas, prostíbulos y la aplicación de medidas preventivas y de emergencia en casos de calamidades naturales y epidemias.
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El primer Código Sanitario del país en el que se reunió todo lo relativo a la higiene.
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Establecía una Junta para promover y vigilar los establecimientos.
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Atiende a los derechos sociales, como se puede observar en su artículo 123, que establece las bases fundamentales de la seguridad social de los trabajadores.
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Previno la celebración de convenios entre el Departamento de Salubridad y los Gobiernos de los Estados para que se crearan los Servicios Coordinados de Salud Pública
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El Estado fue asumiendo paulatinamente su responsabilidad en la conducción de la política social.
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Se fusionó la Secretaría de Asistencia Pública con el Departamento de Salubridad.
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Se otorga a la Secretaría de Salubridad y Asistencia facultades para organizar, administrar, dirigir y controlar la prestación de servicios de salud; la asistencia y la beneficencia pública.
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Por decreto se encomendó, a la Secretaría de Salubridad y Asistencia, la tarea de orientar los programas de construcción y organización de unidades hospitalarias y se declaró de interés y beneficio social la campaña para erradicar el paludismo.
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Se estableció el Sector Salud, entendido como el agrupamiento administrativo de entidades paraestatales bajo la coordinación de la Secretaría de Salubridad y Asistencia, para asegurar la coordinación operativa y el control de las entidades que actúan en el campo de la salud.
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Se instituyo para apoyar la coordinación de las acciones que en materia de mejoramiento del ambiente llevaban a cabo las distintas dependencias y entidades competentes.
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Se consagra el derecho a la protección de la salud como una garantía social al señalar que la ley establecerá las bases y modalidades del acceso a los servicios de salud y distribuirá la concurrencia en materia de salubridad general entre la federación y las entidades federativas.
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Establece las bases a las que se sujetará el programa de descentralización de los servicios de salud de la Secretaría de Salubridad y Asistencia, con el cual se puede considerar que da inicio el objetivo de la descentralización.
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Define la naturaleza y composición del Sistema Nacional de Salud, así como las facultades que se atribuyen a la Secretaría en su carácter de coordinadora de dicho sistema.
La Ley General de Salud define también lo que se entiende por salubridad general; atención médica, salud pública y asistencia social y redistribuye, con intenciones descentralizadoras, la competencia sanitaria entre la federación y las entidades federativas, como lo dispone la enmienda constitucional. -
Con lo cual la Secretaría de Salubridad y Asistencia cambió su nombre por Secretaría de Salud.
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Se estableció un nuevo esquema de organización de la Secretaría que atendió a las reformas legislativas y a las necesidades del país en materia de salud.
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En las materias de planificación familiar, efectos del ambiente en la salud, control sanitario de medicamentos, estupefacientes, psicotrópicos, publicidad, control sanitario de la disposición de órganos, tejidos y cadáveres de seres humanos, así como de autorizaciones sanitarias y sanciones administrativas.
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La Secretaría de Salud cambia su estructura:
Como áreas de apoyo al Titular de la Secretaría:
Dirección General de Asuntos Jurídicos;
Dirección General de Comunicación Social;
Contraloría Interna en la Secretaría de Salud, y la
Coordinación General de los Institutos Nacionales de Salud.