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REFORMA CONSTITUCIONAL DEL SISTEMA MEXICANO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA

  • Artículo 16° Constitucional

    Artículo 16° Constitucional
    Adiciones y Modificaciones:
    *Requisitos para librar una orden de aprehensión
    *Conceptualización de flagrancia y la desaparición de la flagrancia equiparada
    *Se eleva a rango constitucional el arraigo
    *Concepto de la delincuencia organizada
    *Utilización de comunicaciones privadas cuando sean aportadas de forma voluntaria o contengan información con la comisión de un delito
    *Creación de Jueces de Control que resolverán solicitudes cautelares, providencias precautorias y técnicas de investigación
  • Artículo 17° Constitucional

    Artículo 17° Constitucional
    Adiciones y Modificaciones:
    *Se incluyen las medidas alternativas también llamadas justicia restaurativa que recomponen el orden social quebrantado por medio de la restitución y no de la pena de cárcel.
    *Garantía de una defensoría publica de calidad se profesionalizará incluyéndolo en el servicio civil de la carrera con el fin de garantizar abogados titulados, mejor preparados y bien remunerados (La percepción no podrá ser inferior a las que correspondan a los agentes del Ministerio Publico).
  • Artículo 73° Constitucional

    Artículo 73° Constitucional
    Adiciones y Modificaciones:
    *Se conserva el principio de que el Congreso de la Unión podrá establecer las bases de coordinación entre los gobiernos federal, estatal y municipal para la seguridad publica y se añade la facultad exclusiva de hacer leyes sobre delincuencia organizada y para establecer instituciones federales de seguridad publica.
  • Artículo 123° Constitucional

    Artículo 123° Constitucional
    Adiciones y modificaciones:
    *Se precisa la remoción del personal, de los agentes de Ministerio Publico, los peritos, los miembros de las instituciones policiales de la Federación, los Estado y Municipios si estos no cumplen con los requisitos para permanecer en dichas instituciones o por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones, y no podrán ser reinstalados al ser separados.
    *Dignifica al personal de seguridad y brinda mejores condiciones laborales.
  • Artículo 18° Constitucional

    Artículo 18° Constitucional
    Adiciones y Modificaciones:
    *Cambio de delito que merezca pena corporal a delito que merezca pena privativa de libertad, condición para prisión preventiva
    *De la Federación y Entidades Federativas encargadas de tutelar las penitenciarías a Sistema Penitenciario que se organiza para lograr la reinserción
    *Miembros de delincuencia organizada o que requieran medidas especiales de seguridad, no gozaran de compurgar cerca de su domicilio
    *Centros especiales para miembros de delincuencia organizada
  • Artículo 115° Constitucional

    Artículo 115° Constitucional
    Adiciones y Modificaciones:
    *Se eleva la jerarquía de la regla que rige una relación fundamental para la seguridad publica "Ley se Seguridad Publica del Estado". Que permite establecer criterios mínimos de organización y eficacia de la policía en todos los municipios de cada Estado.
  • Artículo 19° Constitucional

    Artículo 19° Constitucional
    Adición o Modificación:
    *De auto de formal prisión a auto de vinculación a proceso
    *Prisión preventiva para:
    -Garantizar comparecencia
    -Investigación
    -Protección victima, testigo o sociedad
    -Cuando previamente haya sido sentenciado por delito doloso
    *Prisión preventiva Oficiosa por:
    -Delincuencia Organizada
    -Homicidio doloso
    -Violación
    -Secuestro
    -Delito con medio violento
    *Revocación de libertad de individuo vinculado a proceso
    *Estado decidirá la entrega de fugitivo de la justicia extranjera
  • Artículo 20° Constitucional

    Artículo 20° Constitucional
    Adiciones o modificaciones:
    *Características del proceso penal acusatorio
    *Principios del proceso penal
    *Igualdad procesal
    *Convicción de la culpabilidad
    *Presunción de inocencia
    *Audiencias preliminares publicas, orales con participación de juez y partes
    *Defensa por parte de un abogado titulado que elimina "Personas de confianza"
    *Ampliación de derechos del inculpado, victima u ofendido
    *MP deberá garantizar la protección de victima, ofendido, testigo o sujetos que intervengan en el proceso
  • Artículo 21° Constitucional

    Artículo 21° Constitucional
    Adición y Modificación:
    *MP y policías encargadas de la investigación
    *Posible ejercicio de la acción penal por particulares
    *Facultad exclusiva del poder judicial para la duración, modificación e imposición de pena
    *Juez ejecutor que vigilará y controlara el cumplimiento de las penas
    *Criterios de oportunidad
    *Ampliación de definición de seguridad publica
    *Certificación del personal
    *Creación de base de datos
    *Participación social en procesos de evaluación de políticas de prevención de delito
  • Artículo 22° Constitucional

    Artículo 22° Constitucional
    Adiciones y Modificaciones:
    *Se incorpora la proporcionalidad de las penas y se elimina "populismo punitivo" consistente en la incrementación de penas de manera irracional, los bienes jurídicos que se protegen son la vida, integridad, tranquilidad, y el patrimonio de personas y la comunidad
    *Extinción de dominio que se aplicará cuando los bienes hayan sido instrumento, objeto o producto del delito aún cuando no se haya sentenciado al inculpado o se haya fugado
    *Proceso de extinción de dominio
  • Period: to

    REFORMA CONTITUCIONAL DEL SISTEMA MEXICANO DE SEGURIDAD Y JUSTICIA

    El 18 de Junio de 2008 se publico en el Diario Oficial de la Federación el decreto en el cual se reformaron y adicionaron disposiciones en la Constitución, en materia de seguridad y justicia en 10 artículos, 7 de los cuales son en materia penal, 1 sobre facultades del Congreso, 1 sobre desarrollo municipal y el ultimo en materia laboral, entre sus objetivos es el ajustar el sistema a los principios de un Estado democrático de derecho como defender los derechos de las victimas y los acusados.
  • LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA

    LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD PÚBLICA
  • LEY DE LA POLICÍA FEDERAL

    LEY DE LA POLICÍA FEDERAL
  • Artículo 16° Reforma 6ª 01-06-2009

    Artículo 16° Reforma 6ª 01-06-2009
    Adiciones y Modificaciones:
    *Se adiciona un segundo párrafo donde establece la protección de los datos personales, los llamados derechos ARCO (acceso, rectificación y cancelación u oposición).
    *Menciona que la ley establecerá excepciones a los principios sobre el tratamiento de datos, por:
    ---Razones de seguridad nacional.
    --Disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas.
    -- Proteger los derechos de terceros.
  • REGLAMENTO DE LA LEY DE LA POLICÍA FEDERAL

    REGLAMENTO DE LA LEY DE LA POLICÍA FEDERAL
  • Artículo 17° Reforma 3ª 29-07-2010

    Artículo 17° Reforma 3ª 29-07-2010
    Adiciones y Modificaciones:
    *Se adiciona un párrafo donde establece que el Congreso de la Unión podrá expedir leyes que regulen acciones colectivas que determinarán las materias de aplicación, los procedimientos judiciales y los mecanismos de reparación del daño.
    *Los jueces estarán obligados a conocer la forma de los procedimientos y mecanismos.
  • LEY GENERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS EN MATERIA DE SECUESTRO, REGLAMENTARIA DE LA FRACCIÓN XXI DEL ARTÍCULO 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

    LEY GENERAL PARA PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS EN MATERIA DE SECUESTRO, REGLAMENTARIA DE LA FRACCIÓN XXI DEL ARTÍCULO 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
  • Artículo 20° Reforma 7ª 14-07-2011

    Artículo 20° Reforma 7ª 14-07-2011
    Adiciones y Modificaciones:
    *Se reforma el apartado C, fracción V, donde se incluye a la trata de personas como motivo o caso para el resguardo de la identidad y otros datos personales de la victima o del ofendido.
  • Artículo 18° Reforma 6ª 10-06-2011

    Artículo 18° Reforma 6ª 10-06-2011
    Adiciones y Modificaciones:
    *Se reforma el segundo párrafo del artículo, donde ahora ya no se habla de una simple base sino de una base del respeto a los derechos humanos en donde el sistema penitenciario se organizará.
  • Artículo 1° Constitucional

    Artículo 1° Constitucional
    Se modifica:
    -Título I “De las Garantías Individuales” a “De los Derechos Humanos y sus Garantías”.
    -Párrafo I establece que todos gozaran de derechos humanos y garantías y no podrán restringirse ni suspenderse, salvo en casos que establezca la CPEUM.
    -Párrafo III Se establece la obligación de las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos, observando principios básicos de los derechos humanos: universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad.
  • Artículo 19° Reforma 4ª 14-07-2011

    Artículo 19° Reforma 4ª 14-07-2011
    Adiciones y Modificaciones:
    *Se reforma el segundo párrafo, donde añade a la trata de personas como motivo de prisión preventiva oficiosa.
  • LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA

    LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN SOCIAL DE LA VIOLENCIA Y LA DELINCUENCIA
  • LEY FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN A PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL PROCEDIMIENTO PENAL

    LEY FEDERAL PARA LA PROTECCIÓN A PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL PROCEDIMIENTO PENAL
  • LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS

    LEY GENERAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LOS DELITOS EN MATERIA DE TRATA DE PERSONAS Y PARA LA PROTECCIÓN Y ASISTENCIA A LAS VÍCTIMAS DE ESTOS DELITOS
  • CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

    CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES
  • LEY NACIONAL DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN MATERIA PENAL

    LEY NACIONAL DE MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN MATERIA PENAL
  • Artículo 22° Reforma 6ª 27-05-2015

    Artículo 22° Reforma 6ª 27-05-2015
    Adiciones y Modificaciones:
    *Se reforma el párrafo segundo, fracción II donde añade al "enriquecimiento ilícito" como otro caso para realizar un procedimiento de extinción de dominio.
  • Artículo 18° Reforma 7ª 02-07-2015

    Artículo 18° Reforma 7ª 02-07-2015
    Adiciones y Modificaciones:
    - Párrafo 4°, cambia "La federación, los Estados y el Distrito Federal" a "La Federación y las entidades federativas"
    *El sistema integral de justicia especifica que será para los adolescentes que cometan o participen en un delito.
    *De derechos fundamentales a garantizar derechos humanos o específicos que les han sido reconocidos a los adolescentes.
    -Párrafo 6°, establece el proceso de justicia para adolescentes acusatorio y oral
    *El internamiento como medida extrema
  • Artículo 18° Reforma 8ª 29-01-2016

    Artículo 18° Reforma 8ª 29-01-2016
    Adiciones y Modificaciones:
    *Se reforman los párrafos tercero y cuarto donde cambia únicamente de "La Federación, los Estados y el Distrito Federal " a "La Federación y las entidades federativas" para ambos párrafos.
  • Artículo 21° Reforma 6ª 29-01-2016

    Artículo 21° Reforma 6ª 29-01-2016
    Adiciones y Modificaciones:
    Se reforma el párrafo noveno y párrafo décimo, cambia únicamente de "La Federación, el Distrito Federal, los Estados y los municipios" a "de la Federación, las entidades federativas y los Municipios" para ambos párrafos, estos órganos encargados de la seguridad publica y la prevención del delito.
  • Artículo 17° Reforma 4ª 29-01-2016

    Artículo 17° Reforma 4ª 29-01-2016
    Adiciones y Modificaciones:
    *Se reforma el párrafo séptimo, donde únicamente cambia de "La Federación, los Estado y el Distrito Federal" por "La Federación y las entidades federativas" que garantizarán la existencia de un servicio de defensoría pública de calidad.
  • LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL

    LEY NACIONAL DE EJECUCIÓN PENAL
  • LEY NACIONAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES

     LEY NACIONAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE JUSTICIA PENAL PARA ADOLESCENTES
  • Artículo 17° Reforma 5ª 29-01-2017

    Artículo 17° Reforma 5ª 29-01-2017
    Adiciones y Modificaciones:
    *Se adicionan un párrafo tercero, donde se establece que las autoridades deberán privilegiar la solución de conflictos sobre formalismos procedimentales.
  • Artículo 123° Reformas

    Artículo 123° Reformas
    Adiciones y Modificaciones:
    IV. Salarios fijados en los presupuestos sin que su cuantía pueda ser disminuida.
    III. Prohibición de la utilización del trabajo de los menores de 15 años. Los mayores de esta edad y menores de 16 tendrán como jornada máxima la de seis horas.
    VI. Los salarios mínimos serán generales o profesionales.
    -Cambio de "Federación, el Distrito Federal, los Estados y Municipios" , a "Federación, las entidades federativas y los Municipios"
    -Tribunales Laborales
  • Artículo 16° Reforma 7ª 15-09-2017

    Artículo 16° Reforma 7ª 15-09-2017
    Adiciones y Modificaciones:
    *Se reforma el primer párrafo del artículo, en donde se agrega que en los juicios y procedimientos seguidos en forma de juicio en los que se establezca como regla la oralidad, bastará con que quede constancia del mandamiento escrito que funde y motive la causa del procedimiento para que dé certeza de su
    contenido y del cumplimiento.
  • Artículo 22° Reforma 7ª 14-03-2019

    Artículo 22° Reforma 7ª 14-03-2019
    Se reforma el 2° párrafo donde establece:
    -Acción de extinción de dominio por Ministerio Público
    -Procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y autónomo del penal
    -Mecanismos para administración de los bienes
    -Se añaden encubrimiento, delitos por servidores públicos, recursos de procedencia ilícita, extorsión, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos para la extinción de dominio
    -Persona afectada con acceso a medios de defensa para demostrar la procedencia legítima
  • Artículo 16° Reforma 8ª 26-03-2019

    Artículo 16° Reforma 8ª 26-03-2019
    Adiciones y Modificaciones:
    *Se reforma el párrafo quinto, donde precisa el tipo de autoridad al que las personas al detener a un indiciado pondrán a la disposición de la autoridad más cercana, es decir a la autoridad civil.
  • Artículo 21° Reforma 7ª 26-03-2019

    Artículo 21° Reforma 7ª 26-03-2019
    Adiciones y modificaciones:
    *Párrafos 9°:
    -Fines de la seguridad publica, salvaguarda vida, libertades, integridad y patrimonio además contribuir a generación y preservación del orden público y paz social
    *Párrafo 10°:
    -Incorporación de la Guardia Nacional como institución de seguridad pública
    -Coordinación los fines de Seguridad Publica
    *Inciso b):
    -Sistema nacional de información proporcionará la información conforme a la ley
    -Fin, formación y legislación de la Guardia Nacional
  • Artículo 19° Reforma 5ª 12-04-2019

    Artículo 19° Reforma 5ª 12-04-2019
    El 2° párrafo, amplia los motivos para prisión preventiva oficiosa como:
    -Abuso o violencia sexual contra menores
    -Feminicidio
    -Robo de casa habitación
    -Uso de programas sociales con fines electorales
    -Enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones
    -Robo al transporte de carga
    -Delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos
    -Delitos en materia de desaparición
    -Delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, Armada y Fuerza Aérea
  • LEY NACIONAL DEL REGISTRO DE DETENCIONES

    LEY NACIONAL DEL REGISTRO DE DETENCIONES
  • LEY DE LA GUARDIA NACIONAL

    LEY DE LA GUARDIA NACIONAL
  • LEY NACIONAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO

    LEY NACIONAL DE EXTINCIÓN DE DOMINIO
  • Artículo 115° Reformas del 2008 - 2021

    Artículo 115° Reformas del 2008 - 2021
    Adiciones y Modificaciones:
    -Ingresos de los municipios, revisión y fiscalización de sus cuentas públicas.
    -Presupuestos de egresos aprobados por los ayuntamientos.
    -Incluye la paridad de genero "Presidente o Presidenta Municipal"
    -Centros urbanos municipales
  • Artículo 73° Reformas del 2008 - 2021

    Artículo 73° Reformas del 2008 - 2021
    Adiciones
    Facultades del Congreso:
    -Expedir la ley general en materia de seguridad privada
    -Legislar en materia de protección de datos personales
    - Expedir ley general para la organización y administración homogénea de los archivos
    -Expedir ley general en materia de secuestro
    -Expedir leyes en materia de derechos de niñas, niños y
    adolescentes
    -Conceder licencia al Presidente
    -Legislar sobre iniciativa ciudadana y consultas populares
    -Expedir la legislación en materia procesal civil y familiar