Reforma Constitucional de 2008

  • Reforma Constitucional de Junio 2008

    Reforma integral que establece las bases para regular el sistema procesal penal acusatorio y aplica diversas modificaciones al sistema penitenciario y de seguridad pública. Artículos: 6, 17, 18, 19, 20, 21 y 22, 73, 115 y 123.
  • Reforma artículo 73. Junio del 2008

    Se añade la facultad al congreso de hacer leyes de delincuencia organizada. y establecer instituciones federales de seguridad publica.
  • Reforma artículo 115. Junio del 2008

    La policía preventiva municipal estará al mando del presidentes municipal, en los términos de la ley de seguridad publica del estado.
    Eleva la jerarquía de la regla que rige una relación fundamental para la seguridad pública
  • Reforma artículo 22. Junio del 2008

    Se especifica que toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado. Establece la diferencia entre pena y medida y mayor y menor de edad.
  • Reforma artículo 20. Junio del 2008

    Precisa en que el proceso penal será oral y acusatorio y se regirá por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación. La nulidad de la pruebas ilícitas, principio de presunción de inocencia
  • Reforma artículo 19. Junio del 2008

    Modifica el concepto de auto de formal prisión por el auto de vinculación a proceso, se elimina la formalidad de la averiguación previa y la necesaria acreditación del cuerpo del delito. El ministerio público solo podrá solicitar al juez prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes.
  • Reforma artículo 18. Junio del 2008

    Modifica el fin de la pena privativa de la libertad para menores de edad y habla de la pena en la delincuencia organizada.
  • Reforma artículo 16. Junio del 2008

    Modificó: los requisitos para librar una orden de aprehensión, también desaparece la figura jurídica de la flagrancia equiparada.
    y toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, ratificación y cancelación de los mismos.
  • Reforma artículo 21. Junio del 2008

    La investigación de los delitos corresponde al ministerio público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquel en el ejercicio de esta función.
  • Reforma artículo 17. Junio del 2008

    Las leyes preverán mecanismos alternativos de solución de controversias y regulación de la defensoría publica.
    La federación, los estados y el distrito federal garantizaran la existencia de un servicio de defensoría publica de calidad para la población.
  • Reforma artículo 73. Abril del 2009

    Decreto por el que se adiciona la fracción XXIX/O al artículo 73. Establece la facultad expresa del Congreso para legislar en materia de protección de datos personales en posesión de particulares.
  • Reforma artículo 73. Mayo del 2009

    DECRETO por el que se reforma el párrafo primero de la fracción XXI del artículo 73 Faculta al Congreso para expedir una ley general en materia de secuestro.
  • Reforma artículo 16. Junio del 2009

    DECRETO por el que se adiciona un segundo párrafo, recorriéndose los subsecuentes en su orden, al artículo 16. Incorpora el derecho de toda persona a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición.
  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Protección de Los Particulares

    Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la federación el 5 de julio de 2010
  • Reforma artículo 17. Julio del 2010

    DECRETO por el que se adiciona un párrafo tercero y se recorre el orden de los párrafos subsecuentes del artículo 17. Faculta al Congreso para expedir las leyes que regulen las acciones colectivas.
  • Ley de la Policía Federal

    Nueva ley publicada en diario oficial de la federación el 1 de junio de 2009
    Última reforma 25 - 05 - 2011
  • Ley de Ejecución de Sanciones privativas de la libertad para el Estado de Puebla

  • Reforma Artículos 19, 20, 73. Julio del 2011

    Incorpora la trata de personas entre los delitos en los cuales el juez ordenará de oficio la prisión preventiva. Otorga a las víctimas del delito de trata de personas el derecho a resguardar su identidad y datos personales. Faculta al Congreso para legislar en materia de trata de personas.
  • Reforma artículo 73. Octubre del 2011

    DECRETO por el que se reforma la fracción XXIX/J del artículo 73. Eleva a rango constitucional el derecho a la cultura física y a la práctica del deporte; y faculta al Congreso para legislar en la materia.
    Y se adiciona la fracción XXIX/P al artículo 73. Faculta al Congreso para legislar en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes.
  • Reforma artículo 73. Junio del 2012

    DECRETO por el que se adiciona el párrafo segundo de la fracción XXI del artículo 73. Faculta a las autoridades federales para conocer de los delitos del fuero común cuando éstos tengan relación con delitos contra periodistas, o que afecten el derecho a la información o las libertades de expresión e imprenta.
  • Reforma artículo 73. Febrero del 2013

    DECRETO por el que se reforma el artículo 73, fracción XXV. Reforma educativa. Establece las bases del sistema nacional de evaluación educativa y del servicio profesional docente. Crea el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación como órgano público autónomo.
  • Reforma artículo 73. Octubre del 2013

    DECRETO por el que se reforma la fracción XXI del artículo 73. Faculta al Congreso para expedir la legislación procedimental penal única.
  • Reforma artículo 73. Diciembre del 2013

    DECRETO por el que se adiciona una fracción XXIX/R al artículo 73. Faculta al Congreso para expedir la ley general que armonice y homologue la organización y el funcionamiento de los registros públicos inmobiliarios y de personas morales de las entidades federativas y los catastros municipales.
  • Código Nacional de Procedimientos Penales

    Nuevo Código publicado en el diario Oficial de la Federación el 5 de Marzo de 2014
    Ultima reforma publicada 12 - 01 - 2016
  • Reforma artículo 123. Junio del 2014

    DECRETO por el que se reforma la fracción III del apartado A del artículo 123. Establece que queda prohibida la utilización del trabajo de los menores de quince años.
  • Reforma artículos 18 y 73. Julio del 2015

    DECRETO por el que se reforman los párrafos cuarto y sexto del artículo 18 y el inciso c) de la fracción XXI del artículo 73. Faculta al Congreso para expedir la legislación nacional en materia de justicia penal para adolescentes.
  • Reforma artículo 73. Julio del 2015

    DECRETO por el que se reforma el artículo 73, fracción XXI, inciso a). Establece la facultad del Congreso para expedir las leyes generales en materia de desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
  • Reforma artículo 17. Enero del 2016

    Se reformó el párrafo séptimo del artículo.
    Se reconoce a la ciudad de México
    La Federación y las entidades federativas garantizarán la existencia de un servicio de defensoría pública
    de calidad para la población y asegurarán las condiciones para un servicio profesional de carrera para los
    defensores.
  • Reforma artículo 18. Enero del 2016

    Se reformó párrafo tercero y cuarto del Artículo. La Federación y las entidades federativas podrán celebrar convenios para que los sentenciados por delitos
    del ámbito de su competencia extingan las penas en establecimientos penitenciarios dependientes de una
    jurisdicción diversa.
  • Ley Nacional de Ejecución Penal

    Nueva ley publicada en el diario oficial de la federación el 16 de junio de 2016
  • Reforma artículo 73. Julio del 2016

    DECRETO por el que se adiciona la fracción XXIX/X al artículo 73. Faculta al Congreso para expedir la ley general en materia de derechos de las víctimas.
  • Reforma artículo 73. Febrero del 2017

    Faculta al Congreso para expedir: 1) La ley general que establezca los principios y bases en materia de mecanismos alternativos de solución de controversias, con excepción de la materia penal; 2) la ley general que armonice y homologue la organización y el funcionamiento de los registros civiles; 3) la ley general que establezca los principios y bases a los que deberán sujetarse los órdenes de gobierno, en el ámbito de su respectiva competencia, en materia de justicia cívica e itinerante.
  • Reforma artículo 123. Febrero del 2017

    Se suprimen las Juntas de Conciliación y Arbitraje. Se establece que la resolución de las diferencias o los conflictos entre trabajadores y patrones estará a cargo de los tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación o de las entidades federativas. Se estipula que antes de acudir a los tribunales laborales, los trabajadores y patrones deberán asistir a la instancia conciliatoria correspondiente.
  • Ley Federal del Trabajo

    Ley Publicada en el diario oficial de la Federación el 1° de Abril de 1970
    Última Reforma publicada 12 - 06 - 2015
  • Reforma artículos 16, 17, 73. Septiembre del 2017

    DECRETO por el que se reforman y adicionan los artículos 16, 17 y 73, en materia de Justicia Cotidiana. Establece que en los juicios o procedimientos seguidos en forma de juicio, las autoridades deberán privilegiar la solución del conflicto sobre los formalismos procedimentales. Faculta al Congreso para expedir la legislación única en materia procesal civil y familiar.
  • Reforma artículos 22 y 73. Marzo del 2019

    El artículo 22 y la fracción XXX del artículo 73. Establece que la acción de extinción de dominio se ejercitará por el Ministerio Público Prevé que será procedente sobre bienes de carácter patrimonial cuya legítima procedencia no pueda acreditarse y se encuentren relacionados con hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícito, delitos contra la salud secuestro extorsión trata de personas
  • Reforma artículo 19. Abril del 2019

    El juez ordenará la prisión preventiva oficiosamente, abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares y delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército la Armada y la Fuerza Aérea
  • Reforma artículo 115. Junio del 2014

    Se reforma la fracción XXIX-C del artículo 73; el inciso a) de la fracción V y la fracción VI
    del artículo 115. V.
    Los Municipios, en los términos de las leyes federales y Estatales relativas, estarán facultados para:
    a) Formular, aprobar y administrar la zonificación y planes de desarrollo urbano municipal, así como los
    planes en materia de movilidad y seguridad vial.
  • Reforma artículo 73. Diciembre del 2020

    DECRETO por el que se declara reformado el artículo 73, en materia de Juventud.
    Establece que el Estado promoverá el desarrollo integral de las personas jóvenes, a través de políticas públicas con enfoque multidisciplinario, que propicien su inclusión en el ámbito político, social, económico y cultural del país. Faculta al Congreso de la Unión para legislar en materia de formación y desarrollo integral de la juventud.
  • Ley reglamentaria de la fracción XIII Bis del apartado B del articulo 123 Constitucional

    Ley Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de Diciembre de 1983
  • Reforma artículo 73. Mayo del 2021

    DECRETO por el que se adiciona una fracción XXIII Bis al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Seguridad Privada.
    Faculta al Congreso de la Unión para expedir la ley general en materia de seguridad privada.
  • Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, reglamentaria del Apartado B) del articulo 123 constitucional

    Ley Publicada en el diario Oficial de la Federación el 28 de Diciembre de 1963
    Reglamentaria del Apartado B) del articulo 123 constitucional