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Reforma constitucional 2008

  • Reforma constitucional 2008

    Reforma constitucional 2008

    El 18 de junio de 2008 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto por medio del cual se reformaron y adicionaron diversas disposiciones específicas en la Constitución Política de los Estados Mexicanos, en materia de seguridad y justicia en 10 artículos constitucionales.
  • Reforma al articulo 16 constitucional

    Reforma al articulo 16 constitucional

    Modificaciones al articulo 16:
    1.- Requisitos para librar una orden de aprehensión.
    2..- Conceptualización de flagrancia y la desaparición de la figura jurídica de la flagrancia equiparada.
    3.- Consideraciones sobre el arraigo.
    4.- Concepto de delincuencia organizada.
    5.- Utilización de comunicaciones privadas.
    6.- Creación de jueces de control.
  • Reforma al articulo 17 constitucional

    Reforma al articulo 17 constitucional

    En esta reforma se establecen medidas en materia de mecanismos alternos de solución de controversias y regulación de la defensoria pública, para de ésta forma mejorar la defensa de las personas.
  • Reforma al articulo 18 constitucional

    Reforma al articulo 18 constitucional

    Dentro del cambio en éste articulo derivado de la reforma de 2008 encontramos el fin de la pena privativa de la libertad y también regula la ejecución de penas respecto de la delincuencia organizada respecto de adultos y menores infractores.
  • Reforma al articulo 19 constitucional

    Reforma al articulo 19 constitucional

    En este artículo se modifica el concepto de auto de formal prisión por el de auto de vinculación a proceso, en virtud de que se elimina la formalidad de la averiguación previa, así como la necesaria acreditación del cuerpo del delito, abriendo la posibilidad de que la víctima acceda más rápido a la justicia y que el imputado enfrente el juicio en libertad.
  • Reforma al articulo 20 constitucional

    Reforma al articulo 20 constitucional

    En este artículo se encuentra el aspecto medular de la reforma; se fijan con precisión tanto la modalidad oral como los principios del proceso penal, definiéndolos con claridad, entendiendo el término acusatorio no en el sentido simplista de la palabra, que implicaría que quien acusa debe sostener y demostrar la acusación, es así que podemos notar la importancia de éste articulo en la actualidad, ya que de aquí se deriva nuestro nuevo sistema penal.
  • Reforma al articulo 21 constitucional

    Reforma al articulo 21 constitucional

    Respecto a la reforma a éste articulo se señala que la investigación de los delitos corresponde al Ministerio Público y a las policías, las cuales actuarán bajo la conducción y mando de aquél en el ejercicio de esta función.
  • Reforma al articulo 22 constitucional

    Reforma al articulo 22 constitucional

    En este rubro es importante destacar la reforma que puntualiza que toda pena debe ser proporcional, tanto al delito como al bien jurídico afectado.
  • Reforma al articulo 73 constitucional

    Reforma al articulo 73 constitucional

    En la fracción XXI menciona que se establecen los delitos y faltas contra la federación y fijación de los castigos, así como la legislación en materia de delincuencia organizada, en la fracción XXIII establece la forma en como se organiza la federación con los estados y municipios para organizar las instituciones de seguridad pública.
  • Reforma al párrafo primero de la fracción XXI del articulo 73 constitucional

    Reforma al párrafo primero de la fracción XXI del articulo 73 constitucional

    Dentro de esta reforma se faculta al congreso para expedir una Ley general en materia de secuestro, la cual se deriva de la reforma al articulo 73 de 2008.
  • Ley general para prevenir y sancionar los delitos en materia de secuestro

    Ley general para prevenir y sancionar los delitos en materia de secuestro

    Esta ley tiene su base en la reforma de 2009 al primer párrafo de la fracción XXI del articulo 73 constitucional que a su vez tuvo su base en la reforma de 2008.
  • Reforma al articulo segundo párrafo del articulo 18 constitucional.

    Reforma al articulo segundo párrafo del articulo 18 constitucional.

    Se toma como base a los derechos humanos, el trabajo, su capacitación, deporte, educación y salud para la reinserción de los sentenciados a la sociedad y también establece que las mujeres compurgaran sus penas en lugares separados destinados a los hombres.
  • Reforma al articulo 73 constitucional

    Reforma al articulo 73 constitucional

    En el primer párrafo se añade la expedición de una ley en materia de trata de personas aunada a la de secuestros, así como de la organización y coordinación entre la federación, estados y municipios en materia de delincuencia organizada.
  • Reforma al articulo 19 constitucional

    Reforma al articulo 19 constitucional

    Nos dice que el ministerio público solo podrá solicitar la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio.
  • Reforma al articulo 20

    Reforma al articulo 20

    Se reforma el apartado c en su fracción V sobre el resguardo de la identidad cuando se trate de menores de edad y de delitos de violación, trata de personas, secuestro o delincuencia organizada.
  • Reforma al articulo 73 en materia de niños, niñas y adolescentes

    Reforma al articulo 73 en materia de niños, niñas y adolescentes

    Como vimos, desde la reforma de 2008 se intento legislar en ésta materia, es así que en ésta reforma se adiciona la fracción XXIX-P en la cual establece que se deben de crear leyes en materia de niños, niñas y adolescentes en todo el país para velar por su interés superior.
  • Reforma al articulo 73 constitucional

    Reforma al articulo 73 constitucional

    Se reforma la fracción XXI para la materia procedimental penal, además de organizar ésta fracción de una mejor manera para su comprensión, sin duda esta reforma resulta de todas las reformas que vienen desde 2008.
  • Reforma constitucional al articulo 18 constitucional

    Reforma constitucional al articulo 18 constitucional

    Como hemos visto desde la reforma de 2008 se buscó legislar en materia de menores de edad infractores y para ello en esta reforma al articulo 18 establece : la Federación y las entidades federativas establecerán en el ámbito de sus respectivas competencias, un sistema integral de justicia para los adolescentes, que será aplicable a quienes se atribuya la comisión o participación en un hecho que la ley señale como delito y tengan entre doce años cumplidos y menos de dieciocho años de edad.
  • Reforma al articulo 73 constitucional

    Reforma al articulo 73 constitucional

    En congruencia con las reformas anteriores a este articulo establece en su fracción XXI apartado c : La legislación única en materia procedimental penal, de mecanismos alternativos de solución de controversias, de ejecución de penas y de justicia penal para adolescentes, que regirá en la República en el orden federal y en el fuero común.
  • Reforma al articulo 73 constitucional

    Reforma al articulo 73 constitucional

    Se reforma el apartado a) de la fracción XXI del articulo 73: Las leyes generales que establezcan como mínimo, los tipos penales y sus sanciones en las materias de secuestro, desaparición forzada de personas, otras formas de privación de la libertad contrarias a la ley, trata de personas, tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, así como electoral, es así como vemos una clara evolución desde la reforma de 2008 hasta este año.
  • Reforma al articulo 73 constitucional

    Reforma al articulo 73 constitucional

    Faculta al Congreso para expedir la ley general en materia de derechos de las víctimas.
  • Reforma al articulo 19 constitucional

    Reforma al articulo 19 constitucional

    Se reforma el segundo párrafo para quedar de la siguiente forma: El Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en el juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos o de la comunidad, así como cuando el imputado esté siendo procesado o haya sido sentenciado previamente por la comisión de un delito doloso.
  • Reforma al articulo 73 constitucional

    Reforma al articulo 73 constitucional

    Esta reforma se hizo para expedir la ley general en materia de seguridad privada, de ésta forma, sigue en concordancia con lo ya establecido en las reformas anteriores.

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