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Recorriendo los mecanismos alternativos de solución de conflictos, en el posconflicto

  • 1991

    1991
    A partir del artículo 116 de la Constitución Política de Colombia de 1991 renace la conciliación, cuando el constituyente crea un camino que le permite viabilidad jurídica y aceptación social.
  • 1991 Constitución política de Colombia

    1991 Constitución política de Colombia
    Se implementó un nuevo tipo de justicia en nuestro país, conocido con el nombre de “justicia comunitaria” se crean nuevos instrumentos que alternan con la administración de justicia ordinaria, en cabeza de los particulares, tales como: la conciliación en derecho, la conciliación en equidad (Illera, García & Ramírez, 2012).
  • 1991

    1991
    Su desarrollo legal se produjo a partir de la Ley 23 de 1991, denominada en su momento Ley de Descongestión de Despachos Judiciales, en la cual por primera vez se consagra la figura de la conciliación extrajudicial tanto en derecho como en equidad
  • 1991

    1991
    Reglamentó los centros de conciliación extrajudicial y legalizó los trámites conciliatorios que aisladamente realizaban. En el mismo sentido, creó la conciliación en equidad, con normas que aún hoy tienen aplicación y cuyo debate y promulgación se hicieron aportes de la nueva constitución.
  • 1995 Casas de Justicia

    1995 Casas de Justicia
    Se inició en el año 1995 Como programa, iniciativa del entonces Ministerio de Justicia y del Derecho, el día 17 de junio de 1995 fue acogido por el gobierno de Bogotá, con la implementación de la primera Casa de Justicia.
  • 1996

    1996
    Programa Específico de métodos alternativos de resolución de conflictos (MARC) suscribió un Convenio con el Ministerio de Educación Pública (1996) para incorporar de forma permanente los MARC en la educación secundaria y así mismo implementarlas en las universidades.
  • 1999 Ley sobre Jueces de Paz

    1999 Ley sobre Jueces de Paz
    En Colombia, con el Decreto 1818 sobre MARC (1998) y la "Ley sobre Jueces de Paz" (1999). procedimiento no adversarial en el que un tercero neutral ayuda a las partes a negociar para llegar a un resultado recíprocamente aceptable”, la mediación, aunque mencionada como MARC, no ha sido objeto de tratamientos homogéneos en las normativas legales y reglamentarias analizadas.
  • 2000 Antecedentes

    2000 Antecedentes
    Antecedentes relacionados con el caso de Colombia, en donde el Ministerio de Justicia y del Derecho, desarrolla un programa especial sobre la materia, da cuenta que los Centros de Conciliación Autorizados han pasado de 109 (1994) a 145 (1999) con una cobertura del 78,1% del territorio nacional.
  • 2000

    2000
    El artículo 4 de la Ley 599 de 2000 (Código Penal) refiere de la función de la pena prevención general, retribución justa, prevención especial, reinserción social y protección al condenado (República de Colombia, 2000).
  • 2001 Casas de Justicia en Barranquilla

    2001 Casas de Justicia en Barranquilla
    Respecto a las casas de justicias, el proceso de implementación de estas nació con la primera casa de justicia del barrio La Paz, en 2001, y posteriormente, en 2003, cuando se creó la Casa de Justicia del barrio Simón Bolívar.
  • 2004

    2004
    Una vez reglamentados los mecanismos por ley, entraron en funcionamiento en la ciudad de Barranquilla, primero la Conciliación en equidad y casi un año más tarde la justicia de paz.
  • 2004

    2004
    La primera convocatoria para nombrar conciliadores en equidad se presentó en 2004 cuando el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, en sala plena, nombró conciliadores en
    equidad para la Casa de Justicia del sector Sur-Oriental de Barranquilla a cuarenta y dos líderes comunitarios.
  • 2005

    2005
    En Colombia, la Ley 975 de Justicia y Paz de 2005 (República de Colombia, 2005) abrió la posibilidad de pensar la justicia restaurativa como mecanismo alternativo y no paralelo al modelo de justicia retributiva que se tiene en el país, confiriéndoles un lugar diferente a las víctimas y a la reparación a la que estas tienen derecho.
  • 2008 Opinión Jurídica Héctor Mauricio Mazo Álvarez

    2008 Opinión Jurídica Héctor Mauricio Mazo Álvarez
    Contempla la mediación, especialmente ante su eventual traducción al derecho procesal–es, el de la justicia restaurativa. Ésta supone una concepción fuerte, abierta y positiva del ser humano, de la sociedad y “otra” idea de Justicia de contornos todavía no perfectamente definidos, pero claramente perfilables por oposición a la justicia retributiva y que van siendo traducidos en documentos y prácticas de los organismos especializados de la Organización de Naciones Unidas (Segovia & Ríos, 2008).
  • 2008 El último proceso de selección

    2008 El último proceso de selección
    Mediante el Acuerdo 2671, del mismo Tribunal, el cual resolvió elegir como conciliadores en equidad a 13 líderes comunitarios (Hernández Piedrahíta, 2011).
  • 2009

    2009
    Ley 1285 de 2009 y su decreto reglamentario 1716 de 2009, por medio de los cuales se regula la conciliación en materia de lo contencioso administrativo y se establece como requisito de procedibilidad para acudir ante la jurisdicción de haber agotado la conciliación previa, salvo excepción expresa de ley
  • 2012

    2012
    En la Ley 1563 de 2012, el arbitraje ha sido definido por el legislador colombiano como un Masc. la conciliación, el arbitraje y la amigable composición.
  • 2015

    2015
    Destacó el impacto que ha tenido en los últimos 12 años el mecanismo de la conciliación para resolver litigios relacionados con procesos civiles, comerciales, administrativos y de familia. "Son casi un millón de casos tramitados entre 2002 y 2014", precisó al señalar que la figura se debe masificar
  • Bibliografia

    Bibliografia
    Mecanismos alternativos para la solución de conflictos (N.o 1995). (1995, mayo). https://repository.fedesarrollo.org.co/bitstream/handle/11445/1833/Co_So_Mayo_1995_Giraldo.pdf?sequence=2&isAllowed=y La mediación como herramienta de la justicia restaurativa (N.o 2013). (2013, marzo). Opinión Jurídica - UNIVERSIDAD DE MEDELLÍN. http://www.scielo.org.co/pdf/ojum/v12n23/v12n23a07.pdf
  • Bibliografia 2

    Bibliografia 2
    María Alejandra Cabana Grajales. (2009). “DE LOS MECANISMOS ALTERNATIVOS DE SOLUCION DE CONFLICTOS EN COLOMBIA creativecommons. https://repository.ucatolica.edu.co/bitstream/10983/14606/1/DE%20LOS%20MECANISMOS%20ALTERNATIVOS%20DE%20SOLUCION%20DE%20CONFLICTOS%20EN%20COLOMBIA%20%281%29.pdf Banco de imágenes Google
  • PRESENTADO POR

    PRESENTADO POR
    Emelhyn Camila Fandiño Martínez ID: 100071777
    Tatiana Valeria Suarez Jaramillo ID: 100092158
    Andrea Lucia Estupiñán García ID: 100066657
    Eliana Guerra Torres ID:100066144