Educacion antigua

RECONOCIENDO LA HISTORIA

  • Declaración de las necesidades básicas de las personas sordo ciegas

    Resalta las personas sordo ciegas en el marco de la protección que el estado debe brindarles y en su derecho a la inclusión social bajo los principios de independencia y autonomía
  • Constitución Política de Colombia. Art 13.

    El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados.
  • Decreto 1860

    Se reglamenta la ley 115 donde se generan aspectos pedagógicos y organizativos para el proyecto institucional. PEI
  • Ley 115

    Prevé la educación para personas con limitaciones y con capacidades excepcionales planteando que la educación de estos grupos es un servicio público de obligación para el Estado.
  • Resolución 48

    Lograr la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad.
  • Decreto 2082

    parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo a la
    población con necesidades educativas especiales.
  • Decreto 806

    Determina lo relacionado con la afiliación al sistema de población con discapacidad.
  • Declaración de Cartagena

    Políticas Integrales para las Personas con Discapacidad en el área iberoamericana.
  • Ley 982

    Se establecen normas tendientes a la igualdad de oportunidades para las personas sordas y sordo- ciegas y se dictan otras disposiciones.
  • Ley 1618

    Su objetivo es garantizar y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, mediante la adopción de medidas de inclusión, acción afirmativa y de ajustes razonables;
  • Ley 1955

    Pacto por la equidad, por la inclusión de todas las personas con discapacidad.
  • Decreto 1421

    Se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad. Expedida por el MEN.