Protección de datos personales (Salazar Flores Brenda 2017

  • Se reconoce a nivel internacional derecho humano sobre la vida privada de las personas

    Siendo el antecedente del derecho de datos personales,siendo un derecho subjetivo, autónomo y de tercera generación.
  • Ley Federal de Acceso a la Información Pública Gubernamental.

    Incluye la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector publico.
  • Plan Nacional de Desarrollo

    Necesidad de contar con una Ley Federal que garantice la protección de datos personales en poder de particulares-
  • El derecho a la proteccion de los datos personales queda definido en el articulo 16 como limite al derecho de acceso a la información pública.

    Tras la reforma del articulo sexto constitucional, se armonizo el derecho a la protección de los datos personales con el derecho de acceso a la información.
  • Se presenta ante el Pleno de la Camara de Senadores un proyecto.

    En este se adiciona un párrafo al articulo 16 constitucional con finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma.
  • Reforma a los artículos 16 y 73 constitucionales (Mexico)

    Se otorga el reconocimiento pleno a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo.
  • Se emite la primera Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares