
Protección de Datos Personales en México por Polo Mellado Miguel Angel 201910778
-
Tras los desastres del fascismo durante la segunda guerra mundial y una herida entre naciones difícil de curar; La ONU toma como inspiración "La declaración del Hombre y el Ciudadano" para consolidar un estándar de lo que son los derechos humanos, entre ellas el articulo 12 señala el derecho a la privacidad de las personas.
-
Suecia es la primer nación en consolidar una ley de protección de datos, también abre un organismo que supervisa su aplicación y correcto seguimiento, el Data Inspektion Board
-
Se inicia Formalmente la discusión sobre el tratamiento de los datos personales resultando en la Resolución 3385:
http://research.un.org/es/docs/ga/quick/regular/30 -
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos centra la definición de datos personales en la siguiente oración: “con “datos personales” se entenderá toda información correspondiente a una persona identificada o identificable"
-
Con el avance de la tecnología y la era de la informática la Organización dicta las directrices del tratamiento de los datos personales en la resolución 45/95
http://inicio.ifai.org.mx/Estudios/D.3BIS-cp--Directrices-de-Protecci-oo-n-de-Datos-de-la-ONU.pdf -
Podría decirse que chile es de las primeras naciones Latinoamericanas en regular el uso de datos personales. en 1999. inspirada por las leyes Europeas se publica la Ley de 19.628 sobre la protección de datos de carácter personal.
-
El departamento de Comercio de Los Estados Unidos de Norteamérica plantea la protección de los datos personales como un derecho del consumidor, más no como un derecho fundamental
-
Para delimitar el poder que ejercen empresas y gobiernos, la unión europea anexa a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea el articulo Octavo en el convenio 108 del convenio de Europa
-
Con la promulgación de esta ley se dá paso en la iniciativa de regular y proteger la información en posesión de entidades gubernamentales agregando un capitulo dedicado al tema
-
El IFAi plantea los lineamientos para la protección de los datos personales y los publica en el diario oficial de la federación
-
en Hispanoamérica se forja una definición del concepto de Datos Personales en el siguiente enunciado: “Son datos de carácter personal, entendiéndose como tales cualquier
información referida a personas físicas identificadas o identificables” -
La cámara de diputados promulgó un proyecto de decreto para dotar de facultades al Senado para legislar en materia de Protección de datos personales
-
Se agrega un segundo párrafo con siete fracciones donde el II y III reconocen el derecho a la protección de los datos personales por primera vez en la constitución
-
Se presenta un proyecto de reforma para agregar un párrafo garantizando el derecho a la protección de datos personales como un derecho fundamental e inalienable
-
con motivo de reforma al articulo 73 la cámara de senadores aprueba por unanimidad el proyecto de decreto: se publica en el diario de la federación el 30 de Abril de 2009
-
Ya con un marco legal establecido el senado de la república reconociendo las reformas hechas en el articulo 16 y 73 de la constitución promulgan la Ley Federal de Protección de Dato Personales en Posesión de Particulares Declarando el derecho a la privacidad y la autodeterminación informativa de las personas físicas o morales.