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Protección de Datos Personales en México.

  • Primer paso

    Primer paso

    En un principio la protección de datos personales fue equiparada con el derecho a la intimidad, a "ser dejado solo". Art. 12 de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre.
    Art. V de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
  • Art. 8 del Convenio para la Proteccion de los Derechos y las Libertades Fundamentales

    Art. 8 del Convenio para la Proteccion de los Derechos y las Libertades Fundamentales

    1. Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia.
    2. No podrá haber injerencia de la autoridad pública en el ejercicio de este derecho, sino en tanto en cuanto esta injerencia esté prevista por la ley... el bienestar económico del país, la defensa del orden y la prevención del delito, la protección de la salud o de la moral, o la protección de los derechos y las libertades de los demás.
  • Art.17 del pacto Internacional de los Derechos Civiles y Politicos.

    Art.17 del pacto Internacional de los Derechos Civiles y Politicos.

    1. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación.
    2. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques.
  • Pacto en San José, Costa Rica.

    Pacto en San José, Costa Rica.

    En dicho país, da origen el Art. 11 del apartado 2 de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos.
  • En el nuevo milenio, Marco Jurídico,

    En el nuevo milenio, Marco Jurídico,

    Se crean marcos jurídicos sobre la protección de datos.
  • Se creo la Ley Federal de Transparencia

    Se creo la Ley Federal de Transparencia

  • Se aplica a los datos del sector público, los Lineamientos de Protección de Datos Personales

    Se aplica a los datos del sector público, los Lineamientos de Protección de Datos Personales

  • Se reforma el articulo 6 de la constitución

    Se reforma el articulo 6 de la constitución

    En este año se aboga la necesidad de la protección de datos personales en posesión de particulares.
  • Se renuevan leyes

    Se renuevan leyes

    El dictamen fue aprobado
  • Reforma al articulo 16 y 73

    Reforma al articulo 16 y 73

    Reconocimiento

    expreso del derecho
    de las personas a la
    protección de sus
    datos personales y al
    ejercicio de éste Facultad del
    Congreso para
    legislar en materia de
    protección de datos
    personales
  • La falta de facultades del Congreso Federal para que se legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares

    La falta de facultades del Congreso Federal para que se legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares

    Se reforma al artículo 73 donde el Estado Mexicano reconoció el derecho a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo; asimismo, se establecieron las bases para expedir legislación que regulara el tratamiento de datos personales en posesión de particulares. Vease el articulo reformado en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm
  • Se reconoce como garantía fundamental la protección de datos personales

    Se reconoce como garantía fundamental la protección de datos personales

    La reforma del artículo 16 de nuestra constitución, no sólo reconoce este derecho, sino que también lo dota de contenido al establecer que toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición en los términos que la ley fije. https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5484681&fecha=30/05/2017#:~:text=El%201%20de%20junio%20de,personales%2C%20consiste%20en%20garantizar%20los
  • Un año clave.

    Un año clave.

    La Cámara de Diputados aprobó el
    proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los particulares y se reforman diversos artículos de la
    LFTAIPG con 335 votos a favor, 3 en contra y 5
    abstenciones. Por su parte, la Cámara de Senadores aprobó por
    unanimidad dicho dictamen el 27 de abril del mismo año.
  • Lineamientos de Aviso de Privacidad.

    Lineamientos de Aviso de Privacidad.

  • Reforma constitucional en materia de transparencia,a la autonomía al Nuevo IFAI

    Reforma constitucional en materia de transparencia,a la autonomía al Nuevo IFAI

    Se publica en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de transparencia, que dota de autonomía al Nuevo IFAI.
  • Publicacion de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información

    Publicacion de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información

    La nueva legislación de la cámara de senadores y diputados federales ha establecido los principios, las bases y los procedimientos para garantizar el derecho de acceso a la información de cualquier autoridad, entidad de los Poderes de la Unión, los órganos autónomos, partidos políticos, sindicatos, fideicomisos y fondos públicos. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5391143&fecha=04/05/2015
  • El IFAI SE TRANSFORMA EN INAI

    El IFAI SE TRANSFORMA EN INAI

    El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) cambio de nombre a el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), tras la publicación de la Ley General de Transparencia por el gobierno del entonces presidente Enrique Peña Nieto.
  • Código de ética del INAI

    Código de ética del INAI

    Dicho Código establece que los principios rectores son: transparencia, certeza, eficacia, máxima publicidad, independencia, imparcialidad, objetividad, legalidad, honradez, profesionalismo, confidencialidad, responsabilidad social, igualdad, respeto y entorno ecológico.