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El Articulo 12 menciona que: Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
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En Esta Fecha se adopta el convenio que tiene por objeto proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales de las personas sometidas a la jurisdicción de los Estados miembros, y permite un control judicial del respeto de dichos derechos individuales.
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Directrices Relativas a la Protección de la intimidad y de la Circulación Transfronteriza de Datos Personales de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económic
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Convenio Nº 108 del Consejo de Europa para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal.
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Directrices para la regulación de los archivos de datos personales informatizados de la Organización de las Naciones Unidas
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Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
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Se publica en el Diario Oficial de la Federación el cebador Instrumento Normativo en materia de Protección de Datos Personales es la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Gubernamental.
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Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas
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Directiva 2006/24/CE, del Parlamento y Consejo Europeo, sobre la conservación de datos generados o tratados en relación con la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público o de redes públicas de comunicaciones y por la que se modifica la Directiva 2002/58/CE.
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Directrices para la armonización de la protección de datos en la Comunidad Iberoamericana aprobadas por la Red Iberoamericana de Protección de Datos.
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Las fracciones II y III del artículo 6 hijo constitucional las primeras menciones constitucionales expresas que hacen ONU reconocimiento del derecho la protección de datos personales y se construyen como limitantes al ejercicio del derecho de acceso a la información.
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El Estado mexicano reconoce el Derecho a la Protección de Datos Personales Como un Derecho y fundamental autónomo. Así Se dio El Primer Paso a la Protección de Datos Personales
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En Una Primera Instancia con la entrada de las Leyes de Transparencia en México Las Que contemplan Apartados específicos en materia de Datos Personales en el sector Público y se Aprueba Como ley constitucional la Protección de Datos Personales.
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Pleno de la Camara de Diputados aprueba para su valoración la ley de datos personales en posesión de particulares.
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Las Comisiones de Gobernación y de Estudios Legislativos de la Cámara de Senadores, una someten Votación del pleno la minuta, aprobándola por unanimidad. "Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
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El poder Ejecutivo Federal Público en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares