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El derecho de la protección de datos personales, es un derecho humano reconocido a nivel internacional a través de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
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Publicada en el DOF. Incluyó la previsión general respecto a la protección de datos en posesión del sector público. En este ordenamiento se contempló un capítulo de protección de datos personales.
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Se adicionó un segundo párrafo con 7 fracciones al artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Marcó una importante pauta para el derecho de la protección de datos personales. Publicada en el DOF
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Se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores, un proyecto por el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma
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El dictamen fue aprobado por 97 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención sin modificación alguna
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Se discutió y aprobó en lo general y en lo particular con 340 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones sin modificación alguna
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Se otorgó el reconocimiento pleno a la protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo.
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Publicada en el DOF. Aplica para los datos que estén en poder de privados. La autoridad competente para garantizar este derecho es el INAI. Es aplicable para todas las personas físicas o morales de carácter privado.