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Benemérita Universidad Autónoma de Puebla
Facultad de Derecho y S.C.
Licenciatura en Derecho
Materia: Protección de datos personales.
NRC: 21201
Docente: Miranda Quiroz Manuel
Alumno: Estrada Cerqueda Julián
Tercer semestre
Ciclo escolar: 2021-2022 -
El derecho de protección de datos personales es consagrado en el artículo doceavo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948; declaración promulgada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París, con fecha 10 de diciembre de 1948 tras terminar la segunda guerra mundial. Asimismo, es reconocido internacionalmente de manera subjetiva, con cierta autonomía y perteneciente a la tercera generación. -
El Consejo de Europa firmó en 1950 el CEDH, un tratado internacional para proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales en Europa. Los cuarenta y siete países que forman el Consejo de Europa, de los que veintiocho son miembros de la UE, se han adherido al Convenio.
El Convenio creó el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, con el fin de proteger a las personas de las violaciones de los derechos humanos. -
De acuerdo con Isai Rojas Gonzáles y Gabriel Sánchez Pérez, Alemania fue el primer país en aprobar la primera ley de protección de datos llamada “Datenschutz” en el año de 1970. -
La Datalag o Ley de Datos promulgada en Suecia el 11 de mayo de 1973 es considerada oficialmente como la primera legislación de carácter nacional en regular mediante una ley especial la protección sobre los datos personales; regula el manejo de la información de particulares por parte del Estado y el cumplimiento de su contenido queda a cargo de la DIB (Data Inspektion Board) -
En 1974 USA promulga Privacity Act, la cual establece un código de prácticas de información justas que rige la recopilación, el mantenimiento, el uso y la difusión de información sobre individuos que se mantiene en sistemas de registros por parte de agencias federales. No obstante, prohíbe la divulgación de un registro sobre un individuo de un sistema de registros sin el consentimiento por escrito del individuo, a menos que la divulgación sea conforme a una de las doce excepciones legales. -
En 1977, el Parlamento Federal Alemán aprueba la Ley Federal Bundesdatenschutzgesetz. Estas leyes impiden la transmisión de cualquier dato personal sin la autorización de la persona interesada. -
En 1997 Brasil destaca como el primer país latinoamericano en promulgar una Ley de Protección de Datos referente a las leyes trabajo, relativo a la seguridad y medicina del trabajo por medio de la Ley no. 6514 el 22 de diciembre de 1977. -
La ley francesa no.78-17 marca el término de un largo procedimiento tendiente a reglamentar las actividades informáticas, consideradas como peligrosas para las libertades públicas y la vida privada.
El principio general de la ley se funda en las nociones de tratamiento o procesamiento automatizado, que concierne únicamente al aspecto informático, y de informaciones o datos normativos, que se aplica al conjunto de los ficheros, sin distinción de tecnología, y sólo a las personas físicas. -
Las directrices sobre protección de la privacidad y flujos transfronterizos de datos personales (directrices de privacidad) fueron adoptadas como una recomendación del Consejo de la OCDE apoyando los tres principios que aglutinan a los países de la OCDE: democracia pluralista, respeto de los derechos humanos y economías de mercado abiertas. Se hicieron efectivas el 23 de septiembre de 1980. -
El primer convenio internacional de protección de datos fue firmado en 1981 por Alemania, Francia, Dinamarca, Austria y Luxemburgo. Es conocido como “Convenio 108” o “Convenio de Estrasburgo”. En los 90’s, se establece una norma común que se denominó Directiva 95/46/CE. La directiva es referente a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. -
La Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal es una ley de carácter nacional encargada de la aplicación de la Directiva 95/46/CE. Es por ello por lo que, establece la Protección de Datos de Carácter Personal. Está ley ha sido importante para Latinoamérica porque se ha utilizado como firme referente del modelo europeo. -
Recoge en la legislación de la Unión Europea (UE) un conjunto de derechos personales, civiles, políticos, económicos y sociales de los ciudadanos y residentes de la UE. Por otra parte, la protección de datos personales está concebida en los preceptos legales número siete y ocho. -
La ley argentina 25.326 de Protección de Datos Personales siguió la lógica de determinados principios, según los cuales los registros deben obtener los datos por medios lícitos y usarlos para fines determinados a priori, con el cuidado de mantener la fidelidad de los datos, respetando la prohibición de suministrar datos a terceros cuando no existiera conformidad del interesado o en casos que encuadren en excepciones especiales. -
El pleno del IFAI es el órgano máximo que da resolución a los casos de revisión que las personas interpongan en contra de negativas de acceso a la información. Además, garantiza tu derecho de acceso a la información pública gubernamental, proteger tus datos personales en manos del gobierno federal y resolver negativas acerca del acceso a la información que las dependencias o entidades hayan formulado. -
Fue publicada el 11 de julio de 2002 en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.. Los límites al derecho de acceso a la información están señalados de manera expresa en la propia Ley y ahí se establece que los datos personales constituyen información confidencial y requieren del consentimiento de los individuos para su difusión, distribución o comercialización. -
Reunión anual de Jefes de Estado y de Gobierno celebrada entre los días 14 y 15 de noviembre del 2003 en Santa Cruz de la Sierra, Bolivia. Fue en esa fecha, y país, donde se reunieron por decimotercera vez, los Jefes de Estado y de Gobierno de los países miembros de la Conferencia Iberoamericana, cuyo tema central fue “La inclusión social, motor del desarrollo de la Comunidad Iberoamericana”. -
Los lineamientos de protección de datos personales son publicados por el IFAI el 30 de septiembre de 2005. Este instrumento tiene como finalidad establecer las políticas y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para garantizar al titular de los datos, la facultad de decidir sobre el uso y destino de su información, a fin de asegurar su adecuado tratamiento e impedir su transmisión ilícita y lesiva. -
Con la promulgación de esta ley, se cubrió un profundo vacío legal e institucional, ya que ahora cualquier persona puede solicitar información del Gobierno Federal. Asimismo, se asegura la transparencia y la rendición de cuentas en el Gobierno Federal, porque se obliga a contar con procedimientos sencillos y expeditos en materia de acceso a la información.
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Esta reforma ha sido crucial la evolución jurisprudencial que sobre esta materia ha hecho la Suprema Corte de Justicia de la Nación. significó un salto cualitativo en nuestra evolución normativa en materia de acceso a la información, sólo tiene una breve referencia a la privacidad: “la información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes”. -
Se refiere a la actividad normativa que contempla modificar parcial o totalmente una Constitución por medio de órganos especiales y procedimientos definidos en la Ley. Para algunos autores la función reformativa de la Constitución debe estar enfocada a subsanar posibles lagunas y yerros técnicos o políticos en los que pudieron haber incurrido los constituyentes durante su redacción, así como posibilitar la solución de problemas que afecten a la ciudadanía y/o subsanen una necesidad pública. -
Se promulga la Ley Federal de Protección de Datos en Posesión de los Particulares con la finalidad de reservar y proteger los derechos personales de las personas en particular, así como el regular su tratamiento íntimo. -
El Observatorio Iberoamericano de Protección de Datos fue creado el 19 de enero de 2013, y su función es la de constituirse como un foro de encuentro donde ciudadanos, instituciones y empresas puedan compartir experiencias e ideas en el ámbito de la privacidad y la protección de datos desde la perspectiva de las diferentes legislaciones de protección de datos y su aplicación en los países iberoamericanos. -
Tiene como finalidad proveer lo necesario para garantizar el acceso de toda persona a la información en posesión de los Poderes de la Unión, los órganos constitucionales autónomos o con autonomía legal, y cualquier otra entidad federal. -
El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI) cambia de nombre el 04 de mayo de 2015 a Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), por parte de las modificaciones en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública promulgada por el expresidente Enrique Peña Nieto. -
Tiene por objeto establecer las bases, principios y procedimientos para garantizar el derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales, en posesión de sujetos obligados. Dicha ley entra en vigor el 27 de junio de 2017. -
El Reglamento general de protección de datos (RGPD) es la nueva ley de privacidad de la Unión Europea que unifica y moderniza los requisitos de protección de datos en toda la UE. Aunque existen varios requisitos nuevos o mejorados en comparación con las leyes de privacidad de la UE anteriores, los principios básicos subyacentes singuen siendo los mismos. -
https://drive.google.com/file/d/17I5eV2hL3ycDjgp3Az6Rc3t4fV1P2sQ2/view?usp=drivesdk Adjunto las referencias por medio de un link en Drive debido a la falta de espacio de texto en esta plataforma.
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