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Se comienza a redactar la Declaración Universal de Derechos Humanos, incluyendo en ella la protección de datos personales. -
La Declaración Universal de los Derechos Humanos es un documento adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas.
En ella se encuentra el artículo 12 que precisamente nos dice que: "Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación." -
En Alemania fue aprobada la primera Ley de Protección de Datos (Datenschutz) en el año de 1970. -
En Suecia entra en vigor la primer ley en el mundo para la protección de la información de particulares. -
Estados Unidos establece una ley de carácter general titulada Privacy Act que establecía la protección de datos personales. -
El Parlamento Federal Alemán aprueba la Ley Federal Bundesdatenschutzgesetz. Esta ley impide la transmisión de cualquier dato personal sin la autorización de la persona interesada. -
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) pronuncia una recomendación sobre las directrices sobre protección de la privacidad y flujo transfronterizos de datos personales (“directrices de privacidad”). Las directrices de privacidad suponen la unanimidad internacional sobre las guías generales para la recogida y gestión de información personal. -
El primer convenio internacional de protección de datos fue firmado en 1981 por Alemania, Francia, Dinamarca, Austria y Luxemburgo. Es conocido como “Convenio 108” o “Convenio de Estrasburgo”. En los 90’s, se establece una norma común que se denominó Directiva 95/46/CE. La directiva es referente a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. -
En conmemoración de la firma del Convenio 108 del Consejo Europeo para la protección de los datos personales, cada 28 de enero se celebra el Día Internacional para la Protección de Datos Personales, con la finalidad de difundir los Derechos que tiene todo individuo de proteger su información de carácter personal y de generar conciencia a la población sobre las implicaciones de compartir los datos personales con terceros en todo el mundo. -
La Organización de las Naciones Unidas emitió en 1990 la Resolución 45/95 que contiene una lista básica de principios para la protección de datos personales de aplicación mundial, como el de exactitud de los mismos, la determinación de su finalidad, su acceso y la no discriminación. -
La Directiva 95/46/CE constituye el texto de referencia, a escala europea, en materia de protección de datos personales. Crea un marco regulador destinado a establecer un equilibrio entre un nivel elevado de protección de la vida privada de las personas y la libre circulación de datos personales dentro de la Unión Europea (UE). -
Brasil es el primer país latinoamericano en promulgar una Ley de Protección de Datos. -
España establece la Protección de Datos de Carácter Personal. Ésta ley tiene por objeto garantizar y proteger, en lo que concierne al tratamiento de los datos personales, las libertades públicas y los derechos fundamentales de las personas físicas, y especialmente de su honor e intimidad personal y familiar. Siendo importante para Latinoamérica porque se ha utilizado como firme referente del modelo europeo. -
Se aprueba la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en donde se realzó la protección de los datos personales como un Derecho fundamental. -
Argentina emite una ley llamada Ley 25326 que contenía disposiciones generales para salvaguardar la protección de datos personales. -
Creación del organismo que se encarga de supervisar la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental: el Instituto Federal de
Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI). -
En México fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, los límites al Derecho de acceso a la información están señalados de manera expresa en la propia ley y ahí se establece que los datos personales constituyen información confidencial y requieren del consentimiento de los individuos para su difusión, distribución o comercialización. -
Red Iberoamericana de Protección de Datos, emite disposiciones para implementar el trato ético de los mismos, en presencia de 14 países incluyendo México. -
Se publican en el Diario Oficial de la Federación de México los lineamientos que tienen por objeto establecer las políticas generales y procedimientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para garantizar a la persona la facultad de decisión sobre el uso y destino de sus datos personales, con el propósito de asegurar su adecuado tratamiento e impedir su transmisión ilícita y lesiva para la dignidad y derechos del afectado. -
En Rusia fue aprobada una exhaustiva ley de protección de datos personales para adoptar una gran medida política de privacidad. -
Se presenta al pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo referente a la vida privada. -
Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares. El 20 de septiembre del mismo año, el dictamen de referencia se aprueba por unanimidad y en la sesión del 25 de septiembre de 2007, el Senado recibe la minuta. -
Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Senadores de México un proyecto en el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el Derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo. El 4 de diciembre de 2008, el dictamen fue aprobado por 97 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención sin modificación alguna, turnando la minuta a la Cámara de Diputados para los efectos conducentes. -
La Cámara de Senadores emitió la declaratoria de aprobación del proyecto de decreto, publicándose la reforma correspondiente en el Diario Oficial de la Federación. Es así como se reconoce la protección de datos como garantía fundamental y autónoma. -
Fue publicada en el Diario Oficial de la Federación de México el 5 de julio de 2010, entró en vigor un día después y tuvo efecto a partir de enero del año 2012. Tiene por objeto la protección de los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y el Derecho a la privacidad. -
Perú lanza una ley llamada Ley 29733 para la protección de datos personales. -
La Reforma en materia de Transparencia renueva y fortalece los mecanismos de acceso a la información pública y la protección de datos personales. Esta reforma se publico en el Diario Oficial de la Federación.
Contiene tres ejes principales:
1. El fortalecimiento del derecho de acceso a la información pública.
2. La consolidación de un sistema nacional de transparencia.
3. El establecimiento de nuevas facultades para el organismo garante a nivel federal. -
Se aprobó la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Esta reforma constitucional dio lugar a tres importantes procesos legislativos a nivel nacional: la Ley General de Transparencia, la Ley General de Archivos y la Ley General de Protección de Datos Personales. La LGTAI amplía garantías para el ejercicio del Derecho de acceso a la información y establece bases, principios y procedimientos para garantizar el Derecho de acceso a la información en todo el país. -
Esta ley tiene por objeto establecer las bases, principios y procedimientos para garantizar el Derecho que tiene toda persona a la protección de sus datos personales, en posesión de sujetos obligados. -
México se adhirió al “Convenio para la Protección de las Personas con respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal” y, de igual manera, al “Protocolo Adicional relativo a las autoridades de Control y a los Flujos Transfronterizos de Datos”. -
El Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y Municipios (INFOEM) y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado de México (CEAVEM) firmaron un convenio de colaboración, cuyo objetivo es implementar trabajos conjuntos para proteger los datos personales de víctimas de delitos.