-
-
El derecho de la protección de datos personales, es un derecho humano reconocido a nivel internacional después de la segunda guerra mundial.
-
-
-
-
En 1973, en Suecia, entra en vigor la primera ley en el mundo para la protección de la información de particulares contando con un organismo que supervisará el cumplimiento de la misma llamado Data Inspektion Board
-
-
-
-
Del año 2000 al 2005 se promueven diversos proyectos legislativos en torno al tema en el Congreso de la Unión, sin que ninguno de ellos fructifica que dada la ausencia de disposición constitucional que las sustente, hasta que en el mes de abril de 2006 se aprobó
-
Se crea este organismo con el fin de proteger los datos personales de las personas.
-
Se publica en el diario oficial de la federación la ley federal de transparencia y acceso a la información publica gubernamental.
-
El Instituto Federal de Acceso a la Información Pública es un organismo descentralizado, no sectorizado, con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión, en términos de lo establecido en el su Decreto de Creación , publicado en el Diario Oficial de la Federación
-
4 De junio de 2003 a septiembre de 2009, se cuenta con los siguientes datos: • Total de solicitudes de acceso a la información presentadas: 456,335 • Total de recursos (quejas) ante el IFAI: 23,531
-
Ley de protección de datos personales del Estado de Colima, aprobada por Decreto número 356 de 14 de junio de 2003
-
Lineamientos que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal en la recepción, procesamiento, trámite, resolución y notificación de las solicitudes de corrección de datos personales que formulen los particulares (DOF Martes 6 de abril de 2004)
-
Decreto por el que se deroga la fracción I del artículo 22 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de mayo de 2004
-
Nuestro Tribunal Constitucional, en la Sentencia 233/2005, de 26 de septiembre del año 2005 (Fundamente Jurídico 4) afirma que “el derecho a la intimidad personal garantizado por el art. 18.1 CE,
-
Considerando que en nuestro país, fue voluntad del legislador plasmar en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el derecho a la vida privada también denominada por la doctrina intimidad, como límite a la intromisión del Estado en el ámbito de la persona, al plasmar en su artículo 16 que: nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones publicado en el diario oficial de la federación
-
Luego de una evolución normativa en el ámbito internacional, el 26 de abril del 2006 el Comité de Ministros del Consejo de Europa resolvió declarar el 28 de enero como el “Día de la protección de los Datos Personales”, en todo el mundo con motivo del aniversario de la firma del Convenio 108 sobre la protección de los datos personales.
-
Ley de protección de datos personales para el Estado y los Municipios de Guanajuato de 19 de mayo de 2006.
-
Se prevé contar con una ley federal que garantice la protección de datos personales en poder de particulares
-
Artículo 6 de la Constitución Federal Con fecha 20 de julio de 2007, fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, la reforma al artículo 6º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, fundamentalmente, con el objeto de homologar el derecho de acceso a la información pública gubernamental.
-
La aprobación del Decreto por el cual se adicionó un segundo párrafo con siete fracciones al artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos marcó una importante pauta para el derecho de la protección de datos personales. Dicha reforma fue publicada el 20 de julio de 2007 en el Diario Oficial de la Federación.
-
Reforma al artículo 16 constitucional también impacta en la temática de la protección de datos. En relación al tema,
el 25 de noviembre de 2008, se presentó ante el Pleno de la Cámara de Senadores, un proyecto por el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como una garantía fundamental y autónoma. -
El 4 de diciembre de 2008, el dictamen fue aprobado por 97 votos a favor, 0 en contra y 1 abstención si modificación alguna, turnando la minuta a la Cámara de Diputados para los efectos correspondientes.
La Cámara de Diputados recibió la minuta que turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales el 9 de diciembre de 2008. -
Fue en 2010 cuando se emite la primera Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, que como su nombre o dice aplica para los datos que estén en poder de privados
-
Artículo 33. El Instituto es un órgano de la Administración Pública Federal, con autonomía operativa, presupuestaria y de decisión, encargado de promover y difundir el ejercicio del derecho a la información; resolver sobre la negativa a las solicitudes de acceso a la información y proteger los datos personales en poder de las dependencias y entidades. Artículo reformado DOF 05-07-2010
-
VIII. La Federación contará con un organismo autónomo, especializado, imparcial, colegiado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena autonomía técnica, de gestión, capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto y determinar su organización interna, responsable de garantizar el cumplimiento del derecho de acceso a la información pública y a la protección de datos personales en posesión de los sujetos obligados en los términos que establezca la ley.
-
ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
Artículo Único.- Se expide la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública