Proteccion datos rfe

Procesos históricos de la protección de datos Sara Centeno Pérez

  • Asamblea General de las Naciones Unidas

    Asamblea General de las Naciones Unidas

    La asamblea general de las naciones unidas adopta el documento conocido como Declaración Universal de los derechos humanos donde se expresan los derechos humanos conocidos como básicos
  • Convención Europea de Derechos Humanos

    Convención Europea de Derechos Humanos

    Articulo 8 del convenio para la protección de los derechos y las libertades fundamentales
    1. Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia.
    2. No podrá haber injerencia de la autoridad pública en el ejercicio de este derecho.
  • Artículo 17 del pacto internacional de derechos civiles y políticos

    Artículo 17 del pacto internacional de derechos civiles y políticos

    Artículo 17
    1. Nadie será objeto de injerencias arbitrarias o ilegales en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra y reputación.
    2.Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra esas injerencias o esos ataques.
  • Resolución 509 del consejo de Europa

    Resolución 509 del consejo de Europa

    Estudia la potencial agresividad que representan las las tecnologías de la información hacia los derechos y libertades de las personas
  • Artículo 11 apartado 2 de la convención Americana sobre los Derechos Humanos

    Artículo 11 apartado 2 de la convención Americana sobre los Derechos Humanos

    1. Nadie puede ser objeto de injerencias arbitrarias o abusivas en su vida privada, en la de su familia, en su domicilio o en su correspondencia, ni de ataques ilegales a su honra o reputación.
  • Directrices de la Organización para la cooperación y el Desarrollo Económico

    Directrices de la Organización para la cooperación y el Desarrollo Económico

    Establece los principios básicos aplicables al tratamiento de datos personales y a la vez garantiza la libre circulación de los mismos
  • Convenio 108 del Consejo de Europa

    Convenio 108 del Consejo de Europa

    Garantiza a los ciudadanos de los Estados contratantes el respeto de sus derechos y libertades, en particular, el derecho a la vida privada frente a los tratamientos de datos personales, conciliando el libre flujo de información entre los Estados contratantes
  • Resolución 45/95 de la Asamblea General de la ONU

    Resolución 45/95 de la Asamblea General de la ONU

    Enumera una serie de principios en materia de protección de datos personales de aplicación mundial
  • Directiva 95/46 CE

    Directiva 95/46 CE

    Amplía los principios ya recogidos en otros instrumentos internacionales e impide la creación de barreras para la libre circulación de los datos personales en todos los estados miembros de la Comunidad Europea
  • Marco de privacidad del APEC

    Marco de privacidad del APEC

    Busca un equilibrio entre la seguridad de la información personal y el libre flujo de ésta para fines comerciales
  • Artículo 8 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea

    Artículo 8 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea

    Reconoce el derecho a la protección de datos como un derecho fundamental y autónomo, distinto al derecho a la intimidad y la privacidad de las personas
  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública Gubernamental en México

    Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública Gubernamental en México

    México toma la iniciativa con la entrada en vigor de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública Gubernamental y la creación del organismo que se encarga de supervisar la mencionada ley: el Instituto Federal de
    Acceso a la Información y Protección de Datos
  • Cámara de Diputados reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Cámara de Diputados reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    En México, el 6 de Marzo de 2006 se presenta al pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que
    reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se
    formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo
    referente a la vida privada, apareciendo como se muestra a continuación
  • Directrices para la Armonización de la regulación de la Protección de Datos en la Comunidad Iberoamericana

    Directrices para la Armonización de la regulación de la Protección de Datos en la Comunidad Iberoamericana

    Ofrecen a los poderes públicos de los Estados
    Iberoamericanos criterios orientativos para el
    desarrollo de iniciativas normativas en esta materia,
    facilitando el establecimiento de un marco
    homogéneo que favorezca el intercambio de los flujos
    de información entre los Estados y terceros Estados
    bajo estándares similares de protección.
  • Cámara de Senadoresadiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo.

    Cámara de Senadoresadiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo.

    El 25 de noviembre de 2008, se presenta ante el Pleno de la Cámara de Senadores un
    proyecto en el cual se adiciona un párrafo al artículo 16 constitucional con la finalidad de reconocer
    el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo. El 4 de diciembre de 2008, el dictamen fue aprobado por 97 votos a favor, 0 encontra y 1 abstención sin modificación alguna, turnando la minuta a la Cámara de Diputados para los
    efectos conducentes.
  • Estándares Internacionales sobre protección de datos personales y privacidad. Resolución de Madrid

    Estándares Internacionales sobre protección de datos personales y privacidad. Resolución de Madrid

    Determina y define un conjunto de principios y
    derechos que garanticen la efectiva y uniforme
    protección de los datos personales, facilitando los
    flujos internacionales de éstos en un mundo
    globalizado.
  • Ley de Protección de Datos México 2010

    Ley de Protección de Datos México 2010

    Desde el 5 de julio de 2010, México cuenta con una ley que regula el tratamiento de los datos personales por parte de empresas del sector privado: la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares.
  • Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados

    Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados

    En 2017, se emitió la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, con la cual se terminó de armonizar la normativa en la materia en México. Así, se tienen dos legislaciones específicas que dictan obligaciones, deberes, procedimientos, sanciones y recursos en la materia, tanto para el sector público como privado.
  • Reforman leyes de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    Reforman leyes de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados y de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    El Pleno del Congreso de la Ciudad de México aprobó por unanimidad el dictamen que reforma la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas, ambas de la Ciudad de México, en favor de las personas con alguna discapacidad, así como en materia de obligaciones de transparencia en las alcaldías.