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procedimiento de transferencia de un fondo de comercio

  • jaime es titular de un fono de negocio y lo transferirá según dice la ley a Nicolás

    jaime es titular de un fono de negocio y lo transferirá según dice la ley a Nicolás
  • conforme el Artículo 2 de la Ley N° 11.687:

    conforme el Artículo 2 de la Ley N° 11.687:
    Jaime publica, un aviso, por 5 días, en el diario de publicaciones legales (o Boletín Oficial) y en los diarios clarín y tribuno sobre el establecimiento que se pretende transferir.
    indicando lo siguiente
     La Clase y Ubicación del Negocio.
     El Nombre y Domicilio del vendedor y del comprador.
     El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano
  • conforme al Artículo 3 de la Ley N° 11.687

    conforme al Artículo 3 de la Ley N° 11.687
    jaime que es Quien desea transferir un fondo de comercio, popr lo que previamente entrega al presunto comprador una nota firmada que contempla la siguiente información:
     Detalle de los créditos adeudados.
     Nombre y domicilio de los acreedores.
     Monto de los créditos adeudados.
     Fechas de vencimiento
  • ultimo día desde la publicación realizada en los términos del artículo 2

  • oposicion a la tranferencia

    Desde la última publicación realizada los acreedores tendrán 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia, notificación que deberá cursarse al presunto comprador en el domicilio denunciado en la publicación
    del importe de su crédito y el correspondiente depósito de las sumas retenidas, en cuenta especial, en el banco correspondiente
  • ultimo dia de oposición a la transferencia y no se presento nadie en oposición

  • Artículo 4 de la Ley N° 11.687 – Otorgamiento del Documento de Transferencia

    Artículo 4 de la Ley N° 11.687 – Otorgamiento del Documento de Transferencia
    El documento de transmisión es firmado el dia siguiente después de transcurridos 10 días desde la última publicación realizada, en los términos del artículo 2 de la Ley N°11.687
    y se completan los siguientes tramites para que la tranferencia tenga efecto frente a terceros
     Extenderse por escrito
     Inscribirse en el Registro Público,en el dia 1 dentro de los 10 días de su otorgamiento