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En la Nueva Granada los esclavos negros tenían prohibido estudiar, pues eran castigados. Mientras que los indígenas tenían derecho al estudio de la lengua castellana, donde se les impartía catecismo y gramática.
Gutiérrez V, Pineda R. (1999) -
El estado contrata a la iglesia católica para impartir la educación indígena.
República de Colombia (1973). -
Se reconoce por primera vez el derecho de las comunidades indígenas a tener una educación de acuerdo a sus características, intereses y necesidades.
Ministerio De Educación Nacional (1978) -
La noción de educación bicultural propuesta por el CRIC (Consejo Regional Indígena del Cauca) en su conceptualización sobre la educación indígena es la primera pieza en este complejo camino de configuración de la noción de interculturalidad.
Castillo, E. y Guido S. (2015) -
La política educativa impulsa la educación bilingüe e intercultural en las comunidades indígenas del país.
Republica De Colombia (1978) -
Se inicia la formación educativa de etnolingüística en la Universidad Nacional y Universidad de los Andes con el fin de formar lingüísticos para el estudio de las lenguas colombianas.
Trillos, M. (2020) -
Mediante este se hace referencia al enfoque de etnoeducación como “un proceso social permanente, que consiste en la adquisición de conocimientos y valores, y en el desarrollo de habilidades y destrezas, según las necesidades, intereses y aspiraciones de las mismas comunidades, que las capaciten para su autodeterminación” (Bodnar, 1985, p. 79-83). -
En esta primera fase el alfabeto correspondía a la estandarización de las lenguas con el establecimiento de normas y orientaciones generales acordadas en el Seminario-Taller sobre la conformación de alfabetos de lenguas indígenas olas cuales fueron acogidas por todos los estamentos de educación (Trillos
M. 1986). -
Los grupos indígenas hacen parte de la constituyente del 1991 la cual reforma la constitución el mismo año consiguiendo que
se prioricen los derechos relacionados con la diversidad cultural y lingüística, la identidad, la participación y la autonomía de los grupos étnicos.
Rampf y Chavarro (2014). -
Esta ley garantiza el derecho a la educación de las comunidades negras de acuerdo a sus necesidades y aspiraciones etnoculturales teniendo en cuenta el medio ambiente, el proceso productivo y toda la vida social y cultural de estas comunidades. Los currículos deben partir de la cultura de las comunidades negras para desarrollar las diferentes actividades y destrezas en los individuos y en el grupo, necesarios para desenvolverse en su medio social.
Congreso de la republica de Colombia (1993) -
La ley general de la educación promueve el desarrollo de
modelos culturales presentes en el país, además, determina que la enseñanza de los grupos étnicos con tradiciones lingüísticas debe ser bilingüe, con la lengua materna del educando funcionando como primera, tanto en el aula como en la escuela y el español como segunda lengua. Asimismo, en el artículo 58 promueve y fomenta la formación de maestros indígenas en el dominio de sus culturas.
Ministerio de Educación Nacional (1994) -
Este decreto que reglamenta la ley 115 de 1994 hace alusión al respeto de la diversidad intercultural desde el plano educativo, para fortalecer el proceso pedagógico a través de diversas estrategias didácticas que tengan como base los contextos multiculturales con el fin de planificar, innovar y llevar a cabo una política educativa inclusiva; en donde el dialogo entre los saberes se haga de manera horizontal y se fortalezcan las culturas.
Ministerio de Educación Nacional (1995) -
Esta segunda fase se desarrolló con el fin de hacer la transición del alfabeto indígena al español de manera escrita, con semejanzas en las grafías.
Trillos, M. (2020) -
En este momento el país cuenta con siete programas de etnoeducación ampliándose los programas entre los años 1995 y 2004.
Castillo, E.(2009). -
Por medio de este mecanismo, las mismas comunidades indígenas tienen autonomía para orientar, direccionar, desarrollar, evaluar, hacer seguimiento y proyectar la educación de acuerdo a su derecho ancestral, como también a sus usos y costumbres.
Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de la Educación para Pueblos Indígenas (2013)