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Se establecen 4 ministerios: Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y de Guerra
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Se establece el número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno (Artículo 117)
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Se faculta al presidente a nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios.
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Venustiano Carranza creó secretarías, departamentos y la Ley de Estado