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Durante la época de dominación española se aplicaron las Leyes de Indias y Leyes de Castilla. -
Con la creación del Consulado de Buenos Aires se introdujeron las normas de las Ordenanzas de Bilbao, regulando el comercio marítimo y terrestre. -
Aquí se hace mención al Consulado de Comercio de Buenos Aires, organismo que tenia una función tanto judicial como administrativa. Se encargaba de los juicios mercantiles y de los problemas de la policía de comercio. No hubieron aplicaciones de cambios notables hasta el año 1859. -
Creación de la Asamblea para comerciantes nacionales -
Su aplicación se efectuó en el año 1822. Se dictó la Ley reglamentaria de corredores y martilleros. -
Sobre actos de comercio, causas de comercio y alzada de comercio. -
Por un decreto, Rosas debió suprimir los concursos de acreedores. Esto fue derogado en el año 1858. -
En el año 1856 el Estado de Buenos Aires le confirió al jurista Uruguayo, Eduardo Acevedo, que preparase un proyecto de Código de Comercio. A partir del año 1860 comenzó a regir en la provincia de Buenos Aires. -
Reintegrado el Estado de Buenos Aires a la confederación, el Código Comercial se adoptó en toda la Nación Argentina en el año 1862. -
Con dicha sanción se debió reformar el Código de Comercio. -
Enunciaremos las reformas más importantes antes de la unificación. -
- El valor usos y costumbres como fuente de derecho.
- Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante.
- Se produjeron cambios en la reglamentación respectos de corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventas, finanzas, letras de cambio, cheques, derecho marítimo y quiebras.
- Ajuste de los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando aquí el material que se consideraba civil.
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Se incorporó un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés. -
Se incorporó un nuevo régimen de seguros. -
Incorporación sobre el régimen de sociedades. -
Se incorpora con la Ley 20.094 un nuevo régimen para la navegación y con la Ley 20.266 un nuevo régimen para los martilleros. -
Se incorpora con la Ley 24.452 un nuevo régimen de cheques y con la Ley 24.522 un nuevo régimen de concursos y quiebras. -
Con la sanción de dicha Ley, entre otras cuestiones, se modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 años a 18 años. -
El día 01 de Agosto del 2015, se produjo la derogación del Código de Comercio y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial. -
La realidad es que el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, no hace mención específica de la materia comercial, ni de la empresa o el empresario. Tampoco del acto de comercio, del comerciante, no se diferencia a los sujetos entre comerciales y civiles.
Así, la materia comercial subsiste con su configuración normativa, con sus contenidos diferenciados y con sus finalidades.