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A partir de la creación del Consulado, se incorporan las Ordenanzas de Bilbao de 1737 que regulaban específicamente el comercio terrestre y marítimo.
A finales del siglo XVII, se crea la aduana de Buenos Aires. -
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Creación por la Asamblea del año 1813 de la matricula para Comerciantes Nacionales; normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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Se creó la Bolsa Mercantil que se instaló en 1822 y funcionó por breve lapso y se dicto la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Por inspiración de Rivadavia, se dictaron tres decretos sobre actos de comercio, y sobre causas de comercio y alzada de comercio.
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Por decreto, Rosas suprimió los concursos de acreedores. Esto fue derogado en 1858.
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El código de comercio de 1862 fue derogado en el 2015 por el articulo 4 de la Ley N° 26.994.
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Las principales modificaciones fueron: 1) El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos; 2) Se suprimió el requisito de la inscripción en la matricula para adquirir la calidad de comerciante; 3) Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio. cheques, derecho marítimo, quiebras y 4) Se ajustaron los contratos de mutuo, deposito y prenda, quitando el material que se consideraba civil.
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Se sanciona el Decreto-Ley 5965/63 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Se sanciona la Ley N° 17.418 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Se sanciona la Ley 19.550 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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Se sanciona la Ley 20.094 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Se sanciona la Ley 24.452 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Se sanciona la Ley 26.579 que, entre otras cosas, modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 años a 18.
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Se produjo otra gran reforma del código de comercio. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado en argentina. Se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días
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El nuevo Código Civil y Comercial considera a las "personas" en forma unificada y las clasifica como personas jurídicas y personas humanas, no hace referencia directamente a todo lo relacionado con la actividad mercantil, es decir, al "acto de comercio", ni al " comerciante”, ni a las “obligaciones comerciales”, ni “jurisdicción comercial”, sin embargo, la materia comercial subsiste con su configuración normativa, con sus contenidos diferenciados y con sus finalidades