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Poblaciones vulnerables

  • Derechos de la Mujer

    Derechos de la Mujer
    Ratificado por la Ley 16 de 1972 "Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y con derechos", Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona"
  • Reconocimiento de LGTBIQ+

    Reconocimiento de LGTBIQ+
    Con la Constitución Política de Colombia de 1991, se obtuvo un gran avance frente al posterior reconocimiento de los derechos de la comunidad LGBT (I) de cara al derecho fundamental de la dignidad humana que tienen todos los colombianos. En adelante, la Corte Constitucional se ha pronunciado en reiteradas oportunidades, dándole amparo legal a esta comunidad. Sin embargo, es preciso cuestionar el sentido efectivo de estos reconocimientos.
  • Población indígena

    Población indígena
    Con la Constitución de 1991 se da un reconocimiento más amplio a la población indígena de Colombia adaptado en el artículo 7 “diversidad étnica y cultural de la Nación” y mediante esta los derechos fundamentales de los pueblos indígenas establecido por la Organización Internacional del trabajo OIT.
    Esta introdujo el carácter pluriétnico y multicultural de la nación y la democracia participativa como eje del nuevo estadio de apertura democrática.
  • Afrocolombiano, negro, raizal y palenquero

    Afrocolombiano, negro, raizal y palenquero
    Con la Ley 70 de 1993 se dio un hito en el reconocimiento de la población afrodescendiente en Colombia, considerando su derecho a la tierra y la conservación de su patrimonio ancestral. También se establece como mecanismo de participación la consulta previa libre e informada.
    Indica el artículo 177 de la constitución que dos de las curules de la Cámara de Representantes deben ser ocupadas por representantes de la población afrodescendiente en Colombia.
  • Los ROM, romaníes, gitanos o cíngaros

    Los ROM, romaníes, gitanos o cíngaros
    El Estado reconoce que el pueblo Gitano conserva una identidad y etnia particular dada su forma organizativa, normas particulares, lengua propia y un origen histórico propio, establece un escenario de diálogo con El Estado y el grupo étnico, con una participación por parte del Ministerio del Interior, quien lo presidirá, Protección Social, Educación, Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y de Cultura, representantes de las Kumpañy y de las organizaciones legalmente constituidas.
  • Victimas del conflicto armado

    Victimas del conflicto armado
    Participación efectiva de las víctimas en el diseño, implementación, ejecución, seguimiento al cumplimiento de la ley y los planes, proyectos y programas que se creen con ocasión de esta”. Y además,“debe garantizar la disposición de los medios e instrumentos necesarios para la elección de sus representantes en las instancias de decisión y seguimiento previstas en esta ley, el acceso a la información, el diseño de espacios de participación adecuados para la efectiva participación de las víctimas.
  • Migrantes y refugiados

    Migrantes y refugiados
    LEY 1465 DE 2011:Créase el Sistema Nacional de Migraciones, SNM, como un conjunto armónico de instituciones, organizaciones de la sociedad civil, normas, procesos, planes y programas, desde el cual se acompañará el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de la Política Integral Migratoria - PIM con el propósito de elevar el nivel de calidad de vida de la población migrante.
  • Población con discapacidad

    Población con discapacidad
    Para el 2013, con la aprobación de la Ley 1618, se definió como responsable a la Dirección para la Democracia, la Participación Ciudadana y la Acción Comunal de establecer un proyecto cada año para el fortalecimiento de las organizaciones de personas con discapacidad, con el objetivo de generar espacios para la participación, incidencia, desarrollo y vinculación a la sociedad de manera activa.
  • Consejo asesor y consultivo de niños, niñas y adolescentes

    Consejo asesor y consultivo de niños, niñas y adolescentes
    Buscando generar un espacio para que los niños, niñas y adolescentes pueden ejercer una representación de ellos mismos, se creo este órgano para garantizar sus derechos, escuchar sus aportes y visiones y ser tenidos en cuentas en las decisiones que los afecten.
  • Caracterización de población con discapacidad

    Caracterización de población con discapacidad
    “las principales alteraciones presentadas son: el movimiento del cuerpo, manos, brazos y piernas (33,5%), el sistema nervioso (23,3%), los ojos (13,8%), el sistema cardiorrespiratorio y las defensas (12,1%) y los oídos (5,2%)”. (Ministerio de Salud de Colombia, 2019, p. 5) Con la Ley 1346 de 2009 se adoptó en el país la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.