Pasos para una transferencia de un Fondo de comercio Ley N° 11.687

  • 1 BCE

    Paso numero 1: Articulo 2 de la Ley N° 11.687

    Se tiene que publicar previamente un aviso, por 5 días en el Boletín Oficial de la República, en uno o mas diarios.
    El anuncio deberá indicar lo siguiente:
    -El nombre y domicilio del vendedor y del comprador. -La clase y ubicación del negocio.
    • El nombre y domicilio del rematador y del escribano si estos interviniesen.
  • 2

    Paso numero 2-- Articulo 3 de la Ley N° 11.687

    Quien desee transferir un fondo de comercio deberá previamente entregar al presunto comprador una nota firmada que contenga lo siguiente:
    - Detalle de los créditos adeudados.
    - Nombre y domicilio de los acreedores.
    - Fechas de vencimientos.
    - Monto de los créditos adeudados.
  • 3

    Paso numero 3: Articulo 4 de la Ley N° 11.687

    Los acreedores tendrán un plazo de 10 días para notificar su oposición a la operación. Dicha notificación deberá cursarse al presunto comprador en el domicilio denunciado en la publicación o, al rematador o escribano que intervengan en el acto, reclamando la retención del importe de su crédito y el correspondiente depósito de las sumas retenidas, en la cuenta, en el banco correspondiente.El comprador, recibida la notificación del acreedor se encontrará obligado a retener el importe.
  • 4

    Paso numero 4: Articulo 5 de la Ley N°11.687

    Desde la notificación de la oposición a la transferencia del fondo de comercio, en los términos del artículo 4 de la Ley 11.687, el acreedor que se hubiera opuesto, tendrá 20 días para trabar el embargo judicial. Si no se trabase el embargo judicial en el plazo indicado el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.
  • 5

    Paso numero 5: Articulo 4 de la Ley N° 11.687.

    El documento de transmisión solo podrá firmarse después de transcurrido 10 días desde la ultima publicación en los términos del Articulo 2 de la Ley. Siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores y/o existiendo oposición, se hubieran realizados los correspondiente retenciones y depósitos.
    El documento de transferencia, para producir efectos frente a terceros, deberá:
    - Extenderse por escrito.
    - Inscribirse en el registro publico, dentro de los 10 días de su otorgamiento.