Pasos a seguir de una transferencia de fondo de comercio

  • Artículo 4 Ley 11,687-OPOSICIONES-

    Acreedores tienen 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia
  • Artículo 2 Ley 11,687

    Para transferir un fondo de comercio, se deberá publicar un aviso por 5 días en el Boletín Oficial y en otros lugares, como diarios periódico en donde funciona el establecimiento. El anuncio debe tener:
    -CLASE Y UBICACION
    -NOMBRE Y DOMICILIO DEL VENDEDOR Y COMPRADOR
    -NOMBRE Y DOMICILIO DEL REMATADOR Y DEL ESCRIBANO
  • Artículo 3 Ley 11,687

    Se entrega al comprador una nota firmada que contenga:
    -detalle y créditos adeudados.
    -nombre y domicilios de los acreedores.
    -montos de los créditos adeudados.
    -fecha de vencimiento, si la hay.
  • Artículo 5 Ley 11,687-EMBARGO-

    El acreedor que se opuso, tendrá 20 días para trabar el embargo judicial.
  • Artículo 4 Ley 11,687-OTORGAMIENTO DEL DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA-

    Solo se podrá firmar después de transcurridos 10 días de la ultima publicación realizada.
    Documentos de transferencia:
    -Extenderse por escrito
    -Inscribirse en el registro publico dentro de los 10 días de su otorgamiento