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Origen y evolución del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa y sus principales atribuciones

  • PROMULGACIÓN DE LA LEY DE JUSTICIA FISCAL

    PROMULGACIÓN DE LA LEY DE JUSTICIA FISCAL
    En este año entra en vigor la Ley de Justicia Fiscal, con la cual inician las actividades del entonces Tribunal Fiscal de la Federación, dicho Tribunal estaba integrado por 15 magistrados que podían actuar en pleno a través de 5 Salas, mismas estaban integradas por 3 Magistrados.
  • DEROGACIÓN DE LA LEY DE JUSTICIA FISCAL Y ENTRADA EN VIGOR DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN DE 1938

    DEROGACIÓN DE LA LEY DE JUSTICIA FISCAL Y ENTRADA EN VIGOR DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN DE 1938
    Ley de Justicia Fiscal, fue derogada por el Código Fiscal de la Federación de 1938, conservando igual competencia para el Tribunal, misma que a través de leyes especiales se fue ampliando.
  • LA LEY DE DEPURACIÓN DE CREDITOS

    LA LEY DE DEPURACIÓN DE CREDITOS
    La Ley de Depuración de Créditos otorga competencia para conocer de esta materia a cargo del Gobierno Federal. De igual manera, la competencia del Tribunal también se amplía al conocer sobre la legalidad de los requerimientos de pago realizados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; exigir fianzas otorgadas a favor del Gobierno Federal; conocer las controversias que surgían por las resoluciones emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social; entre muchas cosas más.
  • AUMENTA EL NÚMERO DE MAGISTRADOS

    AUMENTA EL NÚMERO DE MAGISTRADOS
    Se crean dos salas más, con lo que aumenta el número de magistrados a 21
  • SE EXPIDE UNA NUEVA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN

    SE EXPIDE UNA NUEVA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN
    En esta se previeron los aspectos orgánicos del propio Tribunal, incrementándose a veintidós magistrados, integrando las siete Salas que ya existían, más el Presidente que no integraría Sala, asimismo se establecían las normas relativas a la competencia que tenían asignada, conservando el Código las correspondientes al procedimiento. Se introduce el concepto de Organismos Fiscales Autónomos y se otorga al Tribunal facultades para conocer de los juicios de lesividad.
  • NUEVA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN DE 1978

    NUEVA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN DE 1978
    Esta Ley la sustituye a la de 1967 y en la que se prevé la Regionalización del Tribunal, creándose las Salas Regionales y la Sala Superior, precisándose la competencia de ambas la diferencia era fundamentalmente respecto a la cuantía del asunto; asimismo se prevé el recurso de revisión, con el que se otorga a la Sala Superior facultades para revisar las sentencias dictadas por las Salas Regionales.
  • SE EXPIDE UN NUEVO CÓDIGO FISCAL

    SE EXPIDE UN NUEVO CÓDIGO FISCAL
    Se expide un nuevo Código Fiscal conservando básicamente las normas procesales en los mismos términos, posteriormente, se incluyen en este ordenamiento las disposiciones relativas a la queja para lograr el adecuado cumplimiento de la sentencia.
  • Se modifica el Código Fiscal y la Ley Orgánica del Tribunal,

    Se modifica el Código Fiscal y la Ley Orgánica del Tribunal,
    En esta data se modifica el Código Fiscal y la Ley Orgánica del Tribunal, con el objeto de promover la simplificación administrativa, y se suprime la competencia que hasta ese entonces otorgaba la Ley para que la Sala Superior revisara las resoluciones de las Salas Regionales a través del recurso de revisión.
  • Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación

    Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación
    En este año entra en vigor la Ley Orgánica del Tribunal Fiscal de la Federación, conservando su nombre y la competencia, pero modificando la integración de la Sala Superior de nueve magistrados a once, así como su forma de operación a través de Pleno o Secciones. Estas últimas conforme a la Ley son dos y se integran cada una con cinco magistrados.
  • CAMBIO DE NOMBRE DE LA LEY ORGÁNICA Y DEL NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN, POR EL DE TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA

    CAMBIO DE NOMBRE DE LA LEY ORGÁNICA Y DEL NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN, POR EL DE TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
    A finales de este año el Congreso de la Unión aprueba las reformas en materias trascendentales para el Tribunal, como son: el cambio de nombre de la Ley Orgánica y del nombre de la Institución, por el de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, reflejando con ello la competencia que a través de los casi 65 años de existencia se le ha ido asignado.
  • REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN Y AL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2000).

    REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACIÓN Y AL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN (DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2000).
    Se reformó la denominación de Tribunal Fiscal de la Federación por la de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, así como la fracción XIII del artículo 11, para establecer la competencia, para resolver los juicios en contra de resoluciones que concluyan el recurso de revisión de la L.F.P.A, y para conocer de las controversias de los actos dictados por las autoridades administrativas, que pongan fin a un procedimiento administrativo, a una instancia o resuelvan un expediente.
  • AUMENTA EL NÚMERO DE SALAS REGIONALES

    AUMENTA EL NÚMERO DE SALAS REGIONALES
    Incrementa el número de Salas regionales y se crean las primeras Salas Especializadas. El Juicio en Línea surge como una moderna herramienta de justicia donde los justiciables defienden su interés subjetivo, desde la demanda hasta la sentencia.
  • RETOS PARA EL TRIBUNAL FEDERAL FISCAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMNISTRATIVA

    RETOS PARA EL TRIBUNAL FEDERAL FISCAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMNISTRATIVA
    El Tribunal Presenta nuevos retos en la apertura de nuevas salas regionales, impulsar la Carrera Jurisdiccional y proponen reformas al procedimiento Contencioso Administrativo para reducir al 50% el tiempo de tramitación: crear nuevas salas en materia de Comercio Exterior y se establecen de manera clara las responsabilidades administrativas a los servidores públicos. Se ha disminuido el rezago contencioso administrativo mediante la aplicación de la justicia; pronta y expedita