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Instrumentos Internacionales.
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En el Art. 12, declara el derecho a "no ser objeto de injerencias en su vida privada y familiar, su domicilio o correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación, gozando del derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques"
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Art. 8
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Art. 17
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El previo análisis a las TIC's da origen a la Resolución 509, sobre "los derechos humanos y nuevos logros científicos y técnicos"
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Entra en vigor y constituye el primer instrumento de carácter vinculante para los Estados en que se plasman principios de la protección de datos de carácter personal.
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Dicta el derecho a la protección de datos personales, con carácter de FUNDAMENTAL, en su artículo 8.
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Publicada en el Diario Oficial de la Federación, tiene por objeto regular el derecho a la información en una de sus vertientes, la del acceso a la misma.
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Publicado por el IFAIen el Diario Oficial de la Federación, dichos lineamientos establecen políticas generales y procedimientos que deberán observar las dependencias y entidades para garantizar su cumplimiento.
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En el Diario Oficial de la Federación fue publicada dicha reforma, que homóloga el derecho de acceso a la información pública gubernamental en cualquier punto del territorio nacional y en los tres niveles de gobierno.
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Decretado por la Cámara de Senadores, se adicionan dos párrafos al artículo 16 de la Constitución Federal para reconocer el derecho fundamental autónomo a la Protección de Datos Personales.
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Decreto por el que se expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y se reforman los artículos 3, fracciones II y VII, y 33, así como la denominación del Capítulo II, del Título Segundo, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a
efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las
personas.