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Referido a que toda persona debe ser protegida ante injerencias arbitrarias en su vida privada, familia, domicilio o correspondencia, así como de ataques contra su honra y reputación. -
El derecho a la intimidad fue reconocido por primera
ve, en el Artículo 8 del Convenio para la protección de los derechos humanos. -
En Suecia, entra en vigor la primera ley en el mundo para la protección de la información de particulares contando con un organismo que supervisará el cumplimiento de la
misma llamado Data Inspektion Board. -
Estados Unidos en1974 entra con una ley de carácte rgeneral titulada Privacy Act. -
Países como Canadá, Francia, Dinamarca, Noruega, Austria y Luxemburgo publicaron leyes referentes a la protección de datos personales. -
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, hace en materia normativa leyes a favor de la Protección de la intimidad y de la circulación transfronteriza de datos personales. -
Se aprobó un Convenio para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal con la intención de maximizar el amparo y
el cuidado de la información privada de cada sujeto. -
Es en 1997 cuando Brasil como primer país latinoamericano promulga una Ley de Protección de Datos. -
Año en que se aprueba la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en donde se realzó la protección de los datos personales como un derecho fundamental. -
México toma la iniciativa con la entrada en vigor de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y la creación del organismo que se encarga de supervisar la mencionada ley: el Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos. -
En Mexico se presenta al pleno de la Cámara de Diputados un proyecto que reforma el artículo 6° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo referente a la vida privada -
Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Diputados un proyecto de decreto que reforma el artículo 73 de la Constitución, el cual tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares. -
Reunión de la Comisión de Puntos Constitucionales del Senado de la República, donde se debatió y se aprobó el predictamen con una modificación en el Articulo 73 que legisla en materia de Protección de Datos Personales en posesión de particulares. -
Esta ley tiene como proposito proteger los datos personales en posesión de los particulares y regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la
privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de los
individuos.