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Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su
correspondencia, ni de ataques a su honra o reputación. Toda persona tiene derecho a la protección
de la ley contra tales injerencias o ataques -
Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su
correspondencia. -
En Suecia, entra en vigor la primera ley en el mundo para la protección de la
información de particulares contando con un organismo que supervisará el cumplimiento de la
misma llamado Data Inspektion Board. -
Establece un código de prácticas de información justa que gobierna la recopilación, mantenimiento, uso y difusión de información sobre individuos que se mantiene en sistemas de registros por agencias federales. -
Trata acerca de: disposiciones generales, organismos de seguridad y de medicina, de trabajo en las empresas, medidas preventivas en medicina del trabajo, bienestar térmico, instalaciones eléctricas, manipulación de materiales, máquinas y equipos, calderas; hornos y recipientes bajo presión y actividades insalubres o peligrosas. -
Se pronuncia una recomendación indicando las pautas relativas a la protección de la privacidad y límites
de transferencia de datos personales, que constituyó el primer instrumento supranacional que analiza
a profundidad el derecho a la protección de estos datos. -
Se creó con la intención de maximizar el amparo y
el cuidado de la información privada de cada sujeto. -
Garantizar, en el territorio de cada Estado, a cualquier persona física sean cuales fueren su
nacionalidad o su residencia, el respeto de sus derechos y libertades fundamentales, concretamente su
derecho a la vida privada, con respecto al tratamiento automatizado de los datos de carácter personal
correspondientes a dicha persona. -
Se formula como regente del ejercicio de acceso a información la protección de los datos personales y lo
referente a la vida privada. -
Tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares. -
Se debatió y se aprobó el predictamen con una modificación en el Articulo 73 que legisla en materia de Protección de Datos Personales en posesión de particulares -
Tiene como finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo -
El Estado Mexicano da el primer paso al reconocer el derecho de protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo, contribuyendo a mejorar la dignidad
humana al garantizar la no injerencia y uso indiscriminado y excesivo de los datos de las personas que
circulan a diario por el avance de las tecnologías de la información. -
Tiene como objetivo proteger los datos personales en posesión de los particulares y regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la
privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de los
individuos.
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