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(https://revista.seguridad.unam.mx).
Se adopta en 1948, el documento de Declaración universal de los Derechos humanos. (Articulo 12) -
La resolución 509 de la Asamblea del Consejo de Europa adopta en el año 1968 sobre los ''Derechos humanos y los nuevos logros científicos y técnicos''. Sin embargo, no fue sino hasta el final de la década de los setenta cuando, Alemania, Francia, Dinamarca, Austria y Luxemburgo aprobaron leyes nacionales para protección de datos personales.
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Este día es conmemorar y generar consciencia entre los servidores públicos responsables del tratamiento de los datos personales sobre la importancia de proteger los mismos y de difundir los derechos o mejores practicas en esta materia.
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La organización de las Naciones Unidas emitió en 1990 la Resolución 45/95 que contiene lista básica de principios para protección de datos personales de aplicación universal, como la estatus de los mismos, la determinación con su finalidad, de acceso y a la no discriminación de los individuos. (http://www.transparencia.udg.mx)
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Busca un equilibrio entre la seguridad de la información personal y el libre flujo para fines comerciales.
(https://www.ceigqro.org.mx/capacitacones/datos_personales.pdf) -
Se elevo una carta de protección de datos personales al rango, de derechos fundamental. Actualmente el trabajo de Lisboa mantiene este reconocimiento derecho a la intimidad y a la privacidad de personas con derecho autónomo.
https://www.europarl.europa.eu/charter/pdf/text_es.pdf -
El pleno IFAI es el órgano máximo que da resolución a los casos de revisión que las personas interpongan en contra de negativas de acceso a la información. También expide lineamientos y criterios en materia de clasificación de la información gubernamental.
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El objetivo son promover la transparencia de la gestión publica mediante la difusión de la información que generan los sujetos obligados; garantiza la protección de los datos personales en posesión de dichos sujetos; Favorece la rendimiento de las cuentas de los ciudadanos.
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Bueno gracias a esto México participo en la red Iberoamericana de Protección de Datos.
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Tiene como finalidad establecer políticas y procedimientos que deben observar las dependencias y entidades de la Administración publica federal para garantizar al titular de los datos, la facultad de decidir sobre su uso, y destino de su información.
(http://metabase.uaem.mx/bitstream/handle/123456789/2524/2%20Evolsequence1=) -
Ofrecen los poderes públicos de los estados Iberoamericanos criterios orientativos para el desarrollo de iniciativas normativas en esta materia. Estableciendo un marco homogéneo que favorezca el intercambio de los flujos de información entre los estados y terceros estados bajo estándares similares de protección.
https://www.ceigqro.org.mx/capacitaciones/datos_personales.pdf -
La aprobación del decreto por el cual se adiciono un segundo párrafo con siete fracciones al articulo 6 de la constitución política de los estados unidos mexicanos marco una importante pauta para el derecho de la protección de datos personales. Dicha reforma se publico en el 20 de julio del 2007 en el diario oficial de la federación.
(http://inicio.ifai.org.mx/Publicaciones/ModificacionesArt6.pdf) -
el 27 de marzo de 2007, se presenta ante el pleno de la cámara de diputados un proyecto de decreto que forma el articulo 73 de la constitución, el cual tiene por objeto dotar de facultades al congreso federal para que legisle en materia de protección de datos personales en posesión de los particulares.
https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:ugwBVso3-gcJ:https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/4798930.pdf+&cd=16&hl=es-419&ct=clnk&gl=mx&client=safari -
El 25 de noviembre de 2008, se presenta ante el pleno de la cámara de senadores un proyecto en el cual se adiciona un párrafo al articulo 16 constitucional con la finalidad de reconocer el derecho a la protección de datos personales como derecho fundamental y autónomo.
(https://webcache.googleusercontent.com/search?q=cache:ugwBVso3-gcJ:https://dialnet.unirioja.es/descarga/articulo/4798930.pdf+&cd=16&hl=es-419&ct=clnk&gl=mx&client=safari) -
Determina y define un conjunto de principios y derechos que garanticen la efectividad y conjunta protección de los datos personales, facilitando los flujos internacionales de estos en un mundo globalizado.
https://www.ceigqro.org.mx/capacitaciones/datos_personales.pdf -
La presente ley es una orden publico y de observancia en el estado de puebla y sus municipios y tiene por objeto garantizar la protección de datos personales en posesion de los sujetos obligados, así como establecer los principios, derechos, y obligaciones que regulan la protección y tratamientos del mismo. http://www.ordenjuridico.gob.mx/Documentos/Estatal/Puebla/wo105235.pdf
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El instituto federal de acceso a la información y protección de datos (IFAI) se trasformo en el instituto Nacional de Trasparencia, Acceso a la información y protección de datos personales (INAI) renovó su misión y trasparencia.
(https://expansion.mx/nacional/2015/05/06/el-ifai-cambia-de-nombre-a-inai-tras-aprobacion-de-ley-de-transparencia)