Datperprot

ORIGEN DE LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

  • Declaración universal de los derechos humanos

    Se establece que todos los individuos como instituciones deben de respetar la vida privada de los individuos, así como correspondencia, domicilio, etc.
  • Period: to

    ANTECEDENTES INTERNACIONALES

  • Primera ley en el mundo

    En Suecia, entra en vigor la primera ley en el mundo para la protección de la información de particulares contando con un organismo que supervisará el cumplimiento de la misma llamado Data Inspektion Board.
  • Resolución del Parlamento Europeo

    Resolución del Parlamento Europeo sobre la tutela de los derechos del individuo frente al creciente progreso técnico en el sector de la informática
  • OCDE

    Directrices relativas a la protección de la privacidad y flujos trasnfronterizos de datos personales.
  • Protección de la privacidad y límites de transferencia de datos personales

    En el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico se pronuncia una recomendación indicando las pautas relativas a la protección de la privacidad y límites de transferencia de datos personales, que constituyó el primer instrumento supranacional que analiza a profundidad el derecho a la protección de estos datos.
  • Convenio al tratamiento automatizado

    Se aprobó un Convenio para la protección de las personas con respecto al tratamiento automatizado de datos de carácter personal10 con la intención de maximizar el amparo y el cuidado de la información privada de cada sujeto. En el artículo 4.1 se insta a los Estados firmantes a que establezcan para su propio territorio las medidas necesarias para que sea efectiva la protección y nombra autoridades para el cumplimiento de éstas.
  • Convenio 108 del Consejo de Europa

    Convenio 108 del Consejo de Europa sobre protección de datos personales, sobre protección de personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de esos datos.
  • Primer país latinoamericano

    Brasil, primer país latinoamericano promulga una Ley de Protección de Datos.
  • Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea

    Reconoce el derecho a la protección de datos como un derecho fundamental y autónomo, distinto al derecho a la intimidad y la privacidad de las personas.
  • Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea

    Se aprueba la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en donde se realzó la protección de los datos personales como un derecho fundamental. En la actualidad el Tratado de Lisboa mantiene este reconocimiento al derecho a la intimidad y a la privacidad de las personas como un derecho autónomo
  • Se crea el Ifai

    Organismo que protege tus datos personales que están en manos del gobierno, su campo de vigilancia solamente son las entidades de la Administración Pública Federal así como también los organismos autónomos como el Instituto Federal Electoral (IFE), la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) y el Banco de México.
  • Period: to

    EVOLUCIÓN EN MÉXICO

  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental

    Se publica la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, que incluye el derecho a la protección de los datos personales en el ámbito público a nivel federal.
  • México se integra en la Red Iberoamericana de Protección de Datos

    En la XIII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno se derivó que México estuviera en la Red Iberoamericana de Protección de Datos, que se encarga de crear leyes para la protección de datos y así garantizar a las personas que sus datos estarán protegidos.
  • Reforma del artículo 6° de la Constitución

    Tras la reforma del artículo 6° de la Constitución, se armonizó el derecho a la protección de los datos personales con el derecho de acceso a la información pública. El derecho a la protección de los datos personales queda definido en el artículo 16 como límite al derecho de acceso a la información pública.
  • Reforma al artículo 73 Constitucional

    Tiene por objeto dotar de facultades al Congreso Federal para que legisle en materia de protección de datos en posesión de los particulares. El Estado Mexicano da el primer paso al reconocer el derecho de protección de datos personales como un derecho fundamental y autónomo, contribuyendo a mejorar la dignidad humana al garantizar la no injerencia y uso indiscriminado y excesivo de los datos de las personas que circulan a diario por el avance de las tecnologías de la información.
  • Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares

    Se publica el decreto que expide la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares, desde ahora LFPDPPP, la cual indica que los sujetos que se encuentran como responsables del tratamiento de datos personales, deberán observar los principios de licitud, proporcionalidad, calidad, finalidad, consentimiento, información, lealtad y responsabilidad previstos en la Ley.
  • Modificación al artículo 6

    El Ejecutivo Federal decreta que se modifica el artículo 6, apartado fracción VIII el cual establece que la Federación contará con un organismo totalmente autónomo que será el encargado de cuidar de los datos personales.
  • Se crea el INAI

    Entra en vigor la Ley General de Transparencia y Acceso a la información pública y con ello se crea el INAI.