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Reglamentación Justinianea del documento tabeliónico
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RegulaN la actividad notarial del tabellio
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Emperador de Oriente, reglamenta la actividad del notario y las cualidades morales e intelectuales de los aspirantes a notario.
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Imparten la cátedra sobre el arte notarial y en sus tratados y formularios.
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Realiza recopilación y legislación, primero con el Fuero Real, el Espéculo y finalmente con las Siete Partidas plasma la fe pública y a la actividad del escribano.
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Dicta la Constitución Imperial sobre el Notariado.
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Se crea la ley del 25 Ventoso.
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Se crea el Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano de 18 de diciembre de 1822.
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Se crea la constitución de 1824
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Establecía los requisitos para obtener título de escribano en el Distrito Federal
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Este trata de la "Organización de los Juzgados del Ramo Civil y Criminal en el Distrito Federal'
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Destaca que el centralismo era el sistema de organización política
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El 23 de mayo de 1837 se expidió la Ley para el Arreglo Provisional de la Administración de Justicia en los Tribunales y Juzgados del Fuero Común que fue explicada en el Reglamento para el Gobierno Interior de los Tribunales
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Se establece forma de ingreso a la escribanía, presentar un examen en el Colegio de Escribanos y aprobado éste, presentar uno teórico- práctico celebrado ante el Tribunal Superior.
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Se establece como serán los cobros por honorarios.
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Se establecen las medidas sobre la conservación y seguridad de los protocolos de los escribanos
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Se establece que el oficio de escribano se podía adquirir por compra o herencia y, además, era vendible y enajenable.
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30 de noviembre de 1846, sobre la "Organización de los Juzgados del Ramo Civil y Criminal del Distrito Federal"
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19 de diciembre de 1846. "Sobre los oficios públicos vendibles y renunciables y el oficio de hipotecas atendidos por los escribanos y requisitos que éstos deben cumplir como matricularse"
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26 de agosto de 1852 dispone que los escribanos presenten a la Corte de Justicia, un inventario de sus protocolos y da los lineamientos para su conservación y vigilancia.
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Se expide un decreto sobre la forma de regular y los impuestos que debían pagar los oficios públicos vendibles y renunciables como el de escribano, los que también eran enajenables y rentables.
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La Comunicación del Ministro de Justicia de 30 de junio de 1853, trata "Sobre que los escribanos practiquen por sí mismos las diligencias judiciales'
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Destaca el sistema federal como organización política.
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30 de diciembre de 1865 se publicó en El Diario del Imperio la Ley Orgánica del Notariado y del Oficio de Escribano aprobada el 21 de diciembre de 1865.
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29 de noviembre de 1867, la Ley Orgánica de Notarios y Actuarios del Distrito Federal
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Ley de 19 de diciembre de 1901, por la que se crea el Archivo General de Notarías; se instituyen los notarios adscritos; se exige el uso del protocolo previamente encuadernado
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31 de diciembre de 1945, entró en vigor una nueva Ley del Notariado para el Distrito Federal, en que se establece el examen de oposición como medio de acceso al notariado
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13 de enero de 1986 se modificó esta ley en cuanto a la definición del notario, pues se sustituye la terminología funcionario público por licenciado en derecho.
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6 de enero de 1994 se modificaron varios de sus artículos, destacando entre ellos el 42 donde se establece que el protocolo ordinario será abierto, esto es, se formará por folios numerados y sellados que se encuadernarán en libros integrados por doscientos folios. También se creo el "Libro de Registro de Cotejos" para simplificar este tipo de actas.
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Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de marzo de 2000 y entrada en vigor a los 60 días naturales a partir de su publicación. amplió la actividad del notario en la tramitación de las sucesiones intestamentarias y algunos otros actos de jurisdicción voluntaria.