Normatividad y Regulación para hacer bioprospección en Colombia y Norrmas internacionales que regulan la explotación de Biodiversidad en Latinoamérica
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La Constitución Política de este país, en sus artículos 322 y 402 prohíbe expresamente la apropiación de conocimientos ancestrales y recursos genéticos, así como sobre productos derivados, lo cual significa que no se podrá aplicar el derecho de propiedad intelectual sobre estos recursos.
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Sobre economía forestal de la Nación y conservación de recursos naturales renovables.
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Código Nacional de los recursos naturales renovables y no renovables y de protección al medio ambiente
Los recursos naturales renovables y demás elementos ambientales ubicados en el territorio nacional son patrimonio de la Nación. La normatividad
posterior ratificó este concepto en relación con recursos hidrobiológicos marinos y continentales, fauna y flora silvestre, recursos forestales -
La Constitución Federal brasileña de 1988 resalta la importancia de regular la biodiversidad genética con la que cuenta este país, la sección 1 del artículo 225 de esta Constitución dictamina que el gobierno federal debe preservar la diversidad del patrimonio genético y hacer seguimiento a las entidades encargadas de dicha actividad.
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se genera la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente es la máxima ley de derecho ambiental en México que regula lo relativo al quinto lugar del 4 artículo de la Constitución Política y el artículo 25.cuyo objeto es regular el uso del suelo y las actividades productivas, con el fin de lograr la protección del medio ambiente y la habían y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales,.
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Objetivos:
Conservación de la diversidad biológica, su uso sostenible y participación justa y equitativa de los beneficios obtenidos -
Convenio sobre la Diversidad Biológica: Ratificado por los 33 países de América Latina y el Caribe, el Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB):La meta del CDB es lograr la conservación de la diversidad biológica mediante el uso sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios derivados de la utilización de la utilización de los recursos genéticos.
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Crea el Ministerio del Medio Ambiente y Organiza el Sistema Nacional Ambiental (SINA)
La Ley 99 de 1993 ratificó el concepto de patrimonio natural de la Nación al asignarle al Ministerio del Medio Ambiente (MMA) la función de regular las condiciones generales para el manejo, uso, aprovechamiento y conservación de los recursos naturales. Además de la categoría de bienes biológicos públicos, los recursos pueden pasar a ser propiedad estatal, privada o individual y colectiva o comunal -
Se firma en 1992 y con la Ley 165 se ratifica en 1994 Esta ley ratifica el CDB incorporando este instrumento de derecho internacional como parte de la legislación nacional. El CDB reconoce los derechos de los países de origen sobre sus recursos genéticos. A la vez que reconozca la soberanía de los países sobre dichos recursos, introduzca la obligación de establecer derechos jurídicos que faciliten el acceso a los mismos.
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Decisión Andina 391 de 1996: (protección, acceso y negociación de los RG
Intrumento: Protocolo de Cartagena
Cacterísticas: Los Recursos Genéticos son Inalienables, Imprescriptibles e Inembargables Anexo: Este anexo busca asegurar la compensación equitativa para quienes prueben el conocimiento asociado al recurso a sus productos derivados. -
Autoridad Nacional Competente: Ministerio del Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo Sostenible-MAVD-: Solicitud del permiso para acceso a recursos genéticos
Junta del Acuerdo de Cartagena: Resolución 414 -
Ordenamiento Territorial Municipal y Distrital y Planes de Ordenamiento Territorial.
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Mediante el Decreto Supremo 24.676 se aprueba la Decisión 391 y decreta que el ente regulador será el Ministerio de Desarrollo Sostenible y el Consejo de Asesoramiento Técnico–CAT para el desarrollo de la bioprospección
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Se crea la Ley de Biodiversidad 7788 la cual tiene como objeto conservar la biodiversidad, el uso sostenible de los recursos y la distribución justa de los beneficios derivados.
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Decisión Andina 486: Establece el régimen en propiedad industrial, incluido el
trámite de las solicitudes de patente.
Las Decisiones 397 y 486 conecctan con la autoridad nacional competente en materia
de acceso a RRGG (Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible - MADS) y la oficina de propiedad intelectual (Superintendencia de Industria y Comercio - SIC) -
Se sucedió el proyecto “Programa Brasilero de Ecología Molecular
para el Uso Sostenible de la Biodiversidad Amazónica”, impulsado por Bioamazonia, que en conjunto con Novartis accederían, investigarían y desarrollarían el patrimonio genético de este país, promoviendo la privatización de los recursos, convirtiendo a Brasil únicamente en proveedor del recurso, y violando además uno de los principios del Convenio de Diversidad Biológica CDB. -
Bajo la orden ejecutiva 2.186-16 del 2001, Brasil buscó proteger el patrimonio genético mediante el acceso a su biodiversidad a través de la creación del Consejo de Gestión del Patrimonio Genético (CGEN)
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Ley N° 27308.- Ley Forestal y de Fauna Silvestre: La presente ley tiene por objeto normar, regular y supervisar el uso sostenible y la conservación de los recursos forestales y de fauna silvestre del país, compatibilizando su aprovechamiento con la valoración progresiva de los servicios ambientales del bosque, en armonía con el interés social, económico y ambiental de la Nación, de acuerdo con lo establecido en los Articulos 66º y 67º de la Constitucion Politica del Perú.
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Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones
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Por el cual se determinan los Instrumentos de Planificación para Institutos de Investigación vinculados y adscritos al
Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial -
Mediante el Decreto Supremo 003-2009-MINAM se establece los organismos encargados de suministro los contratos de acceso a recursos genéticos en este país tales como el Servicio Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), para los recursos genéticos silvestres y el Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA) para los recursos genéticos de especies domésticas.
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Por el cual se reglamenta el Decreto-ley 2811 de 1974, la Ley 99 de 1993, la Ley 165 de 1994 y el Decreto-ley 216
de 2003, en relación con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, las categorías de manejo que lo conforman y se
dicten otras disposiciones -
CONPES 3697: Política Nacional de desarrollo comercial de la biodiversidad Política Nacional para la Gestión Integral de la Biodiversidad y sus Servicios Ecosistémicos PNGIBSE: Mecanismos de preservación, restauración, uso sostenible y construcción de conocimiento
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Autoridades Competentes para la formulación, gestión de políticas, programas estratégicos y planes de manejo: Ministerio del Medio Ambiente, Vivienda y Desarrollo sostenible
apoyado por las Corporaciones CAR, Autoridades Ambientales Urbanas, Unidad Administrativa Especial de Parques Nacionales de Colombia, ANLA, Alexander Bon Humboldt, Colciencias , SINCHI, -
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Por el cual se crea la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales -ANLA- y se dictan otras disposiciones
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Por el cual se modifican los objetivos y la estructura del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y se integra
el Sector Administrativo de Ambiente y Desarrollo Sostenible. -
Por medio de la cual se escinden unos ministerios (entre ellos el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo
Territorial, para crear el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible). -
Ley aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo 2010 – 2014
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Decreto Ley 3570 de 2011
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La presidencia de Costa Rica y el Ministerio del Ambiente y Energía, mediante el Decreto 31514 dictan las “Normas generales para el acceso a los elementos y recursos genéticos y bioquímicos de la biodiversidad” con el objetivo de regular el acceso a los recursos genéticos y bioquímicos , aprendiendo al conocimiento y practicas tradicionales.
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Entró en Vigor el Protocolo de Nagoya: Acceso, utilización y participación justa y equitativa de los beneficios: Artículo 15 y 19 de la CDB
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Resolución 1348 (2014) Actividades
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El Grupo de Recursos Genéticos de la Dirección de Bosques Biodiversidad y
Servicios Ecosistémicos del Ministerio de Medio Ambiente desarrolló el siguiente
esquema, con el fin de orientar sobre los casos en los cuales se requiere el contrato de acceso a recursos genéticos o
productos derivados