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Esta ley en el artículo 49, establece la definición de documento y en ella se incluye toda expresión del lenguaje natural o convencional recogida en cualquier soporte material, incluido el soporte
electrónico. -
En el artículo 45 de esta ley se establecen los principios para la aceptación del valor de los documentos digitales, a saber: autenticidad, integridad y conservación.
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Ley que regula la firma electrónica, su eficacia jurídica y la prestación de servicios de certificación.
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Por el cual se regulan los registros y la notificaciones telemáticas, así como la utilización de medios telemáticos para la sustitución de la aportación de certificados por los ciudadanos.
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Por medio de este decreto se regula la expedición del documento nacional de identidad y sus certificados de firma electrónica.
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Esta ley comprende el acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
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Bajo este decreto se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
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Por medio de la cual se aprueba la norma técnica de interoperabilidad de documento electrónico, digitalización de documentos, expediente electrónico, política de firma electrónica y de certificados de la administración.