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La Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó, casi cuatro lustros después, a fin de que los mexicanos ejercieran su derecho de conocer la información producida y controlada por los actores públicos.
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A partir de la transición a la democracia en el año 2000, que se han implementado diseños institucionales, políticas y nuevas prácticas democráticas con miras a la consolidación de un Estado más responsable ante la ciudadanía, es decir, que rinda cuentas.
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Declaración de Oaxaca y en la inserción del tema en la agenda pública; y la Promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP) en el
año 2002. -
Los primeros estados que promulgaron leyes de acceso a la información fueron Jalisco, Sinaloa, Aguascalientes y Querétaro, en 2002. De hecho, Jalisco y Sinaloa lo hicieron antes que el gobierno federal.
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Veinte entidades promulgaron leyes en materia de
transparencia y, el resto, tardó más de 5 años en hacerlo. -
Dentro del Primer Congreso Nacional de Transparencia Local, los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas firmaran la Declaración de Guadalajara, promovieran una reforma constitucional en materia de transparencia.
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En los estados de Nuevo León, Coahuila y Michoacán no se promulgaron este tipo de normas, sino hasta 2008
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se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto que modificaba la Constitución para incluir al DAI en este nivel.
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Para 2008, todos los estados contaban con legislación en materia
de transparencia y acceso a la información. A pesar de ello, el marco normativo en cada estado era muy distinto, lo que derivó en una enorme heterogeneidad en las normas y en la efectividad de su
aplicación. -
Se hicieron reformas al artículo 6º constitucional, las cuales garantizaron, en correspondencia con lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia, el derecho de toda persona al libre
acceso a la información plural y oportuna, así́como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión. -
Fue publicada en el Diario Oficial de la Federación otra reforma al artículo 6º constitucional para renovar los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la implementación de un sistema integral en la materia que garantizara, homogéneamente, los alcances de dichos derechos en México
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La finalidad de este instrumento jurídico fue ampliar y fortalecer los mecanismos de acceso a la información para que el Estado mexicano adoptara el nuevo paradigma de gobierno abierto. Buscaba reducir espacios de opacidad y discrecionalidad en la gestión pública y ampliar la participación ciudadana en favor
de la transparencia.