Normas

Marco normativo

  • 1821 Plan de Iguala

    1821 Plan de Iguala

    En él se garantizó la protección de varios derechos individuales entre ellos la igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos, “sin distinción alguna” (Artículo 12)
  • 1824 Acta constitutiva de la federación

    1824 Acta constitutiva de la federación

    Esta acta incluyó el deber de “proteger por leyes sabias y justas los
    derechos del hombre y del ciudadano”. (artículo 30)
  • 1865 Estatuto provisional del Imperio Mexicano

    Señala en su título XV denominado de las garantías individuales, que el
    gobierno del Emperador garantiza a todos los habitantes conforme a las
    prevenciones de las leyes, la igualdad ante la ley…
  • 1948 La Declaración Internacional de Derechos Humanos

    1948 La Declaración Internacional de Derechos Humanos

    “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros” y que ”Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”
  • 1969 La Convención Americana de Derechos Humanos

    Todas las personas son iguales ante la ley, tienen derecho, sin discriminación, a igual protección de la ley.” (Organización de Estados Americanos [OEA], 1969); “sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición socioeconómica, nacimiento o cualquier otra condición social” (OEA, 1969).
  • 1974 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    1974 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    El 31 de diciembre se publica en el Diario Oficial de la Federación la primera reforma realizada al artículo 4° Constitucional en el que se plasma el
    principio de igualdad jurídica entre mujeres y hombres que señalaba lo siguiente:
    Artículo 4°. EL varón y la mujer son iguales ante la ley.
  • 1979 - 1981 Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención sobre todas las formas de Discriminación contra la Mujer

    (CEDAW, por sus siglas en inglés) y fue ratificada por México en 1981 “toda distinción, exclusión o restricción basada en el sexo que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio por la mujer, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural y civil o en cualquier otra esfera” (ONU, 1979).
  • 1994-1998 Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer

    Convención con carácter vinculante a nivel mundial que reconoce el derecho de toda mujer a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado (OEA, 1994) y define en su Artículo 1 el concepto de violencia contra la mujer: “como cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer tanto en el ámbito público como en el privado” (OEA, 1994). ratificada por México en 1998
  • 2001 Se instaló la Comisión Ciudadana de Estudios contra la Discriminación

    Se integró con representantes de los principales partidos políticos, del poder legislativo, con servidoras y servidores públicos y con representantes de organizaciones de la sociedad civil.
    Esta comisión después de un año de trabajo aporto trabajos importantes en la lucha contra la discriminación en México, entre ellos el anteproyecto de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
  • 2001 Se reformó el párrafo tercero del artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    2001 Se reformó el párrafo tercero del artículo 1° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    En este artículo Constitucional se prohíbe toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
  • 2003 Se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación

    2003 Se publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación

    Esta legislación tiene como objeto el prevenir y eliminar todas las formas de discriminación que se ejerzan contra cualquier persona en términos de lo señalado en el artículo 1° Constitucional y hace referencia al binomio igualdad-discriminación al estipular que se deberá de promover las condiciones para que la libertad y la
    igualdad sean reales y efectivas.
  • 2006 Ley General para la igualdad entre mujeres y hombres

    2006 Ley General para la igualdad entre mujeres y hombres

    El 2 de agosto del 2006 se publica en el Diario Oficial de la federación la ley en la materia, misma que tiene por objeto regular y garantizar la igualdad entre mujeres y hombres y proponer los lineamientos y mecanismos institucionales que orienten a la Nación hacia el cumplimiento de la igualdad sustantiva en los ámbitos públicos y privados. Y tiene como principios rectores la igualdad, la no discriminación y la equidad.
  • 2007  la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV)

    2007 la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV)

    Uno de los avances legislativos más significativos en materia de promoción de los derechos de las mujeres es la promulgación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV) en 2007, la cual estipula la coordinación de acciones entre los niveles de gobierno federal, estatal y municipal para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres
  • 2011 La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) garantiza el derecho a la igualdad en su Artículo 4º

    La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) garantiza el derecho a la igualdad en su Artículo 4º: “El varón y la mujer son iguales ante la ley”. En 2011 se reformó la CPEUM para asegurar el pleno goce y ejercicio de los derechos humanos de todas las personas; la modificación al Artículo 1º elevó a rango constitucional los tratados internacionales en materia de derechos humanos que el Estado mexicano ha suscrito.
  • 2015 Agenda 2030 OBJETIVO 5: Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas.

    2015 Agenda 2030 OBJETIVO 5: Lograr la igualdad entre los géneros y empoderar a todas las mujeres y las niñas.

    Otro referente normativo es la Agenda 2030 con sus Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), aprobada en septiembre de 2015 por la Asamblea General de Naciones Unidas; es una herramienta de planeación y seguimiento hacia el desarrollo sostenido e inclusivo y en armonía con el medio ambiente.
  • 2018 El Programa Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2020-2024 (PROIGUALDAD) se deriva del PEGD

    2018 El Programa Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2020-2024 (PROIGUALDAD) se deriva del PEGD

    El Programa Estatal para la Igualdad entre Mujeres y Hombres 2020-2024 (PROIGUALDAD) se deriva del PEGD, como el instrumento rector para alcanzar el resultado prioritario de eliminar todas las formas de discriminación contra las mujeres en todas las esferas de la vida y que impiden la igualdad sustantiva.
  • 2019 Reforma artículo 4

    La mujer y el hombre son iguales ante la ley. Ésta protegerá la organización y el
    desarrollo de la familia.

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