Marco Legal y Desarrollo Legislativo de la Conciliación en Colombia

  • La conciliación en la constitución

    [Artículo 2]Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general ........facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación....y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo."(http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125)
  • Inciso 4 del artículo 116 de la Carta Magna

    [Inciso 4 del artículo 116 de la Carta Magna]Los particulares pueden ser investidos transitoriamente de la función de administrar justicia en la condición de jurados en las causas criminales, conciliadores o en la de árbitros habilitados por las partes para proferir fallos en derecho o en equidad, en los términos que determine la ley.(http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125)
  • Ley 23 de 1991

    [Ley 23 de 1991] Por medio de la cual se crean mecanismos para descongestionar los Despachos Judiciales y se dictan otras disposiciones, regulando la conciliación laboral, familia, contencioso administrativo, tránsito, y la conciliación en equidad. Establece el origen legal de los Centros de Conciliación y su funcionamiento.
    (http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=6546)
  • Ley 270 de 1996, Artículos 8 y 13

  • La conciliación

    [Artículo 64 de la ley 446 de 1998 ]“Es un mecanismo de resolución de conflictos a través del cual, dos o más personas gestionan por sí mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero neutral y calificado, denominado conciliador.”
    (http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3992)
  • Ley 446 de 1998

    [Ley 446 de 1998] Por medio de la cual se dictan disposiciones sobre descongestión, eficiencia y acceso a la justicia, dentro de las cuales, establece y regula la figura de la “Conciliación” como un mecanismo alternativo de solución de conflictos
    (http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3992)
  • La conciliación

    [Artículo 19. Ley 640 de 2001]Se podrán conciliar todas las materias que sean susceptibles de transacción, desistimiento y conciliación, ante los conciliadores de centros de conciliación, ante los servidores públicos facultados para conciliar a los que se refiere la presente ley y ante los notarios.(http://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/ley_0640_2001.htm)
  • Ley 640 de 2001

    [Ley 640 de 2001] Desarrolla ampliamente la conciliación. Regula especialmente:
    - El contenido de las actas de conciliación.
    - Los términos para celebrar la audiencia de conciliación.
    - Expedición de constancias.
    (http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0640_2001.html)
  • La conciliación en la Jurisprudencia

    [Sentencia C-893 de 2001] Los MASC no solo son para descongestionar el aparato de justicia sino que son un medio para que la sociedad civil participe en asuntos que les afectan. Es un espacio de intervención de la comunidad en el desarrollo de la función jurisdiccional. - La conciliación evita la conflictivización de la sociedad y logra el fortalecimiento de la legitimidad de la justicia. (http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2001/C-893-01.htm)
  • La Conciliación en la jurisprudencia

    [Sentencia C-1195 de 2001] Los MASC más que medios para la descongestión judicial son instrumentos para garantizar el acceso efectivo a la justicia y promover la resolución pacífica de conflictos”.
    El requisito de procedibilidad no despoja a las partes en conflicto de su carácter voluntario y autocompositivo ya que su capacidad de disposición de mantiene incólume.
    justicia(http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2001/c-1195-01.htm)
  • La conciliación en la Jurisprudencia

    [Sentencia C-204 de 2003] Declara inexequible el artículo 29 de la Ley 640 de 2001. “Efectos de la inasistencia a la audiencia de conciliación en asuntos laborales. Se presumirá que son ciertos los hechos susceptibles de confesión..... cuando el demandado ante la jurisdicción laboral haya sido citado a audiencia de conciliación con arreglo a lo dispuesto en la ley y no comparezca.
    (http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2003/C-204-03.htm)
  • Ley 1123 de 2007

    [Ley 1123 de 2007] Constituye el código Disciplinario del abogado.(http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1123_2007.html)
  • Ley 1285 de 2009

    [Ley 1285 de 2009]Por medio de la cual se reforma la ley 270 de 1996, Estatutaria de la Administración de Justicia. (http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=34710)
  • Decreto 1716 de 2009

    [Decreto 1716 de 2009] Por el cual se reglamenta el artículo 13 de la Ley 1285 de 2009, el artículo 75 de la Ley 446 de 1998 y del Capítulo V de la Ley 640 de 2001.Conciliación extrajudicial en asuntos de lo contencioso administrativo (http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=36199)
  • Ley 1395 de 2010

    [Ley 1395 de 2010, Arts. 40, 50, 51 y 52] Por la cual se adoptan medidas en materia de descongestión judicial. Modifica los artículos 35 y 38 de la ley 640 de 2001 y establece medidas sobre la conciliación extrajudicial. (http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39994)
  • Ley 1437 de 2011

    [Ley 1437 de 2011] Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.(http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249)
  • Ley 1474 de 2011

    [Ley 1474 de 2011, Artículo 44] Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.(http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43292)
  • La conciliación en la Jurisprudencia

    [Sentencia C-598/11] Demanda de inconstitucionalidad contra los parágrafos 2 y 3 del artículo 52 de la Ley 1395 de 2010 “Por la cual se adoptan medidas de descongestión judicial”. (http://www.corteconstitucional.gov.co/RELATORIA/2011/C-598-11.htm)
  • Decreto 2897 de 2011

    [Decreto 2897 de 2011] Por el cual se determinan los objetivos, la estructura orgánica, las funciones del Ministerio de Justicia y del Derecho y se integra el Sector Administrativo de Justicia y del Derecho. Artículo 14 Funciones de la dirección de métodos alternativos de solución de conflictos.(http://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/decreto_2897_2011.htm)
  • Ley 1563 de 2012

    [Ley 1563 de 2012, Art. 24] Por medio de la cual se expide el Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional y se dictan otras disposiciones.(http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1563_2012.html)
  • Ley 1564 de 2012

    [Ley 1564 de 2012] Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones.(http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_1564_2012.html)
  • Transitoriedad de la Actividad Jurisdiccional

  • Decreto 1829 de 2013

    [Decreto 1829 de 2013] Derogado parcialmente por el decreto 1069 de 2015 "Por el cual se reglamentan algunas disposiciones de las leyes 23 de 1991, 446 de1996, 640 de 2001 y 1563 de 2012".(http://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/decreto_1829_2013.htm)
  • Decreto 1069 de 2015

    [Decreto 1069 de 2015] "Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector justicia y del derecho."(http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62503)