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Integrada en un régimen común sobre derechos de autor y derechos conexos en la Decisión Andina 351 del 17 de diciembre de 1993.
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Bajo el gobierno del general Francisco de Paula Santander se expidió la primera ley.
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“se garantiza la propiedad privada y los demás derechos
adquiridos con arreglo a las leyes civiles”. “La propiedad
es una función social que implica obligaciones” -
“ El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo
y mediante las formalidades que establezca la ley” -
la violación de los derechos morales del autor con penas
aumentadas por el artículo 14 de la Ley 890 de 2004
que implica prisión de 32 a 90 meses y multa de 300 salarios mínimos legales mensuales vigentes(SMLMV) -
- La violación a los mecanismos de protección de derecho de autor y derechos conexos, y otras defraudaciones.
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Estipula que todos aquellos
que incurran en este delito sufrirán prisión de cuatro a
ocho años y multa de 26 a 1.000 salarios mínimos
legales mensuales vigentes (SMLMV)