14732186 1782843158651660 2841579479092435791 n

Marco legal del servicio farmacéutico Monica Carolina Diaz Escobar Municipio Pasto Departamento Nariño

  • LEY NÚMERO 212 DE 1995

    LEY NÚMERO 212 DE 1995
    Esta ley nos da a conocer el papel del químico farmacéutico sus responsabilidades en el área de la salud el cual tiene la obligación de proteger y salvaguardar los derechos que tiene la población a recibir los medicamentos, cosméticos, preparaciones farmacéuticas de calidad y que generen seguridad
  • Period: to

    Linea de tiempo marco legal del servicio farmacéutico

    Abarca la normalidad desde el año 1993 asta la fecha
  • LEY 485 DE 1998

    LEY 485 DE 1998
    El Regente de Farmacia es un Tecnólogo Universitario que perteneciente al área de la salud, el cual está capacitado para desarrollar tareas de apoyo y colaboración en la prestación del servicio farmacéutico: y en la gestión administrativa de los establecimientos distribuidores mayoristas y minoristas, conforme se establece en la presente ley, y en los reglamentos que dicte el Gobierno Nacional.
  • Resolución 01164 DE 2002

    Resolución 01164 DE 2002
    Los procedimientos, procesos, actividades y estándares establecidos en el manual para la gestión integral de los residuos hospitalarios y similares, serán de obligatorio cumplimiento por los generadores de residuos hospitalarios y similares y prestadores de los servicios de desactivación y especial de aseo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 2676 de 2000.
  • Decreto 3554 de 2004

    Decreto 3554 de 2004
    Buenas Prácticas de Manufactura de Medicamentos Homeopáticos, (BPMH): este decreto nos habla de las normas, procesos y procedimientos de carácter técnico establecidos por el Ministerio de la Protección Social, con el fin de garantizar la calidad en la elaboración y manufactura de los medicamentos homeopáticos
  • Decreto 1737

    Decreto 1737
    Este decreto reglamenta la preparación, distribución, dispensación, comercialización, etiquetado, rotulado y empaque de los medicamentos homeopáticos magistrales y oficinales y se dictan otras disposiciones.
  • Decreto 3050

    Decreto 3050
    Los medicamentos de venta libre o de venta sin fórmula facultativa, se podrán expender, además de los establecimientos antes citados, en almacenes de cadena o de grandes superficies por departamentos y en otros establecimientos comerciales que cumplan con las Buenas Prácticas de Abastecimiento expedidas por el Ministerio de la Protección Social.
  • DECRETO NUMERO 1011 DE 2006

    DECRETO NUMERO 1011 DE 2006
    Las disposiciones del presente decreto se aplicarán a los Prestadores de Servicios de Salud, las Entidades Promotoras de Salud, las Administradoras del Régimen Subsidiado, las Entidades Adaptadas, las Empresas de Medicina Prepagada y a las Entidades Departamentales, Distritales y Municipales de Salud.
  • Resolución 1964

    Resolución 1964
    Por la cual se definen las características específicas de calidad para la oferta y desarrollo del programa académico del nivel de formación profesional en Farmacia.
  • Resolución 0371

    Resolución 0371
    Los fármacos o medicamentos vencidos, son consideradas como residuos o desechos peligrosos sujetos a Plan de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo para su retomo a la cadena de producción-importación-distribución y comercialización.
  • Decreto 1290 DE 1994

    Decreto 1290 DE 1994
    El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -INVIMA- es un establecimiento público del orden nacional, de carácter científico y tecnológico, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, adscrito al Ministerio de Salud y perteneciente al Sistema de Salud, con sujeción a las disposiciones generales que regulan su funcionamiento