
MARCO LEGAL DEL SERVICIO FARMACEUTICO. Alejandra Alarcón Moncada. Riosucio Caldas.
-
Abarca la normatividad desde 1993 hasta la fecha actual
-
Se crea el sistema de seguridad social integral conformado por el conjunto de normas, procedimientos e instituciones para garantizar los derechos de las personas para obtener una mejor calidad de vida; es un servicio publico y obligatorio a cargo del estado prestado por entidades publicas y privadas.
-
Se reglamenta el servicio farmacéutico, regula las actividades del servicio farmacéutico; este puede ser prestado de forma dependiente a cargo de una entidad prestadora de servicio de salud o de forma independiente prestado por medio de establecimientos.
-
Se reglamenta el régimen de registros sanitarios de dispositivos médicos para uso humano estos deberán cumplir los requisitos necesarios de seguridad y funcionamiento; se clasifican en: dispositivos médicos Clase I: son dispositivos de bajo riesgo, Clase II b: dispositivos de alto riesgo, Clase III: dispositivos médicos de muy alto riego sometidos a controles especiales para proteger la vida humana o el deterioro de la misma.
-
Se modifica el Decreto 2200 de 2005 y se dictan otras disposiciones.
Las farmacias y droguerías podrán ofrecer el servicio de inyectología cumpliendo unos requisitos fundamentales como estar capacitado y certificado en el tema, tener un espacio adecuado para la privacidad de la persona, tener un lavamanos para la limpieza de las manos antes de inyectar a una persona entre otras, también podrán brindar el procedimiento de control de glicemia. -
Las droguerías estarán a cargo del químico farmacéutico, tecnologo en regencia de farmacia debidamente certificado como ejemplo estar certificado en competencias como auxiliar del servicio farmacéutico, al no tener un certificado no podrán trabajar en una drogrería o farmacia.
-
Se determina el modelo de gestión del servicio farmacéutico también se adopta el manual de condiciones esenciales y procedimientos, tendrá como objetivos de promover, prevenir, suministrar los medicamentos adecuadamente para brindar un servicio o una atención farmacéutica oportuna.
-
El establecimiento farmacéutico es aquel dedicado al almacenamiento, comercialización, dispensación, producción, distribución de medicamentos deberá contar con una infraestructura física adecuada; estos establecimientos se clasifican en mayoristas como son los depósitos de drogas y los minoristas como las farmacias o las drogrerías.
-
El instrumento de verificación de buenas practicas de elaboración de preparados magistrales debe ser aplicado obligatoria mente en todo el territorio nacional en los establecimientos farmacéuticos y servicios farmacéuticos de instituciones prestadoras de servicio.
-
se reglamenta el programa de techo vigilancia conformado por varias instituciones, normas, recursos financieros, técnicos y de talento humano, mecanismos y procesos para mejorar la protección de la salud y la seguridad de los pacientes en el servicio farmacéutico.
-
Definir los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicio de salud y farmacéuticos como las instituciones, entidades departamentales y distritales de salud, la vigencia de cada prestador de servicio es de cuatro años; se entiende por servicios de salud el conjunto de procesos, productos o recursos autorizados para prevenir, promover y mantener la salud de las personas.